El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 anunció que el viernes 15 de marzo entraron en vigencia varios artículos contemplados en el Real Decreto 176/2023, entre ellos uno que prohíbe el uso de tarjetas de crédito para los jugadores “en riesgo” o intensivos, con el objetivo de evitar deudas que no puedan pagar.
El decreto, que fue aprobado en la pasada legislatura, buscaba que los operadores se involucraran en el desarrollo de un entorno más seguro de juego para todos los usuarios y, por lo tanto, tratar de evitar que el juego termine siendo un problema para los apostadores, ya sea a niveles de adicción o, incluso, de deudas.
La disposición sexta del Decreto señalaba, concretamente, que los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 21, 23 y 30 entrarían en vigor 12 meses después de su aprobación. En síntesis, los contenidos de los artículos que entran en vigor son:
1. Establecimiento de sesiones de juego para la licencia de otros juegos y loterías instantáneas (artículo 13 y 15): El usuario, antes de comenzar a jugar, tendrá que establecer un límite de tiempo y dinero. Cuando uno de los dos condicionantes se agote, se cerrará la sesión (una vez concluya la partida, mano o tirada en curso). El objetivo que se persigue es que el jugador establezca sus propios límites antes de empezar a jugar de tal manera que no se vea condicionado por los avatares del juego.
2. Prohibición de uso de tarjetas de crédito para jugadores en riesgo y jugadores intensivos (artículos 21 y 30.2): Busca evitar que los usuarios con comportamientos de riesgo puedan jugar a crédito y contraer problemas financieros. Los jugadores intensivos son aquellos que han perdido más de EUR 600 a la semana (200 para los jóvenes) durante tres semanas consecutivas. Los jugadores “en riesgo” lo serán, durante los dos próximos años, según el criterio de los operadores que deberán establecer mecanismos y protocolos que permitan detectar estos comportamientos en las personas registradas.
3. Obligación de uso de medios de pago nominativos para jugadores en riesgo (Artículo 30.1): El objetivo es evitar que un jugador en riesgo que ya ha agotado sus recursos utilice medios de pago de terceras personas (familias, amigos, tarjetas de empresa) para continuar jugando, generando una deuda a una tercera persona que puede desconocer la situación.
4. Los participantes jóvenes (18-25) no podrán recibir ningún tipo de actividad promocional cuyo objeto sea ajeno a la actividad de juego desarrollada en la plataforma del operador: El objetivo es evitar que los participantes más jóvenes obtengan regalos por parte de los operadores que poco o nada tengan que ver con el juego (como entradas a partidos o viajes) pero que le impulsen a gastar altas cantidades de dinero en el juego para poder obtener esas ventajas.
5. Prohibición de ciertos mensajes engañosos durante el desarrollo de los juegos (artículo 17): Se trata de mensajes similares a "casi acertaste" o "estuviste cerca".
6. Obligación de emitir mensajes informativos y ofrecer la posibilidad de ingresar premios superiores a EUR 5.000. El artículo 16 especifica que, durante la sesión de juego, la persona deberá recibir, al menos cada 60 minutos, mensajes informativos periódicos de lectura obligatoria para poder continuar jugando. Estos mensajes tienen que contener información objetiva relativa a la conducta de juego durante la sesión, como por ejemplo el tiempo jugado, las cantidades apostadas o las pérdidas netas producidas.
Asimismo, mediante la disposición final sexta del artículo, se regula el abono de premios por los operadores. Mediante esta modificación, cuando el participante obtenga un premio y la diferencia entre la participación y el premio obtenido sea superior a los EUR 5.000, el operador deberá remitir un mensaje al jugador en el que ofrezca a éste la posibilidad de solicitar la transferencia del importe del premio a través de alguno de los medios de pago que el operador hubiera establecido.