El Pleno del Senado aprobó el martes (12) el texto básico del proyecto de ley para regular las apuestas deportivas con cuotas fijas. El proyecto de ley 3.626/2023, del Poder Ejecutivo, fue aprobado mediante el informe del senador Angelo Coronel (PSD-BA). Consulte aquí el nuevo dictamen del ponente.
Modificado en el Senado, el texto volverá a la Cámara de Diputados para su análisis. El documento aprobado establece un tipo impositivo del 12% sobre los ingresos de las empresas de apuestas (una reducción del tipo del 18% establecido por la Cámara de Diputados).

El tipo del impuesto sobre la renta que grava las ganancias de los ganadores se ha reducido del 30% al 15%, en comparación con el texto de la Cámara, y se ha superado el actual rango de exención de BRL 2.212. Además, el senador aceptó una enmienda para cambiar el tipo del impuesto sobre la renta de los premios de deportes de fantasía del 27,5% al 15%.
El gobierno federal se apresura a aprobar los proyectos de ley que favorecen sus intereses económicos. El proyecto 3626/23 vuelve ahora a la Cámara de Diputados a sólo 10 días del receso parlamentario de fin de año. El equipo del ministro de Hacienda, Fernando Haddad, espera recaudar con la medida al menos BRL 2.000 millones (unos USD 400 millones) hasta 2024, pero para ello es necesario que el proyecto de ley se apruebe este año.
Si no se convoca una sesión legislativa extraordinaria, el receso será del 23 de diciembre al 1 de febrero.
La aprobación del proyecto de ley es esencial en la lucha del Ministerio de Hacienda por el déficit cero en 2024
El texto de base fue aprobado en votación simbólica -cuando no nominal-, con numerosos votos en contra de la oposición, y se consideraron tres enmiendas, dos de las cuales fueron aprobadas.
Una de ellas, de la senadora Tereza Cristina (PP-MS), prohíbe expresamente las máquinas tragamonedas y los casinos físicos, mientras que la enmienda del senador Carlos Portinho (PL-RJ) excluye el juego online de las actividades reguladas en el proyecto.
Esta segunda enmienda, según los dirigentes del Gobierno, haría que el proyecto de ley pierda peso, reduciendo los ingresos de unos BRL 12.000 millones (unos USD 2.400 millones) a 4.000 millones (USD 808.152.000), según fuentes consultadas por el medio Jota.
Por 36 votos a favor y 25 en contra, los senadores decidieron mantener la publicidad de apuestas en estadios deportivos y el patrocinio de atletas por establecimientos de juego - una enmienda prohibiendo estas prácticas había sido presentada por el senador Eduardo Girão (Novo-CE), pero fue rechazada.
El texto modifica la ley que prevé la distribución gratuita de premios como publicidad (Ley 5.768 de 1971) y la ley que trata del destino de las recaudaciones de lotería y de la lotería de cuota fija (Ley 13.756 de 2018). La lotería de probabilidades fijas es un sistema de apuestas que incluye eventos virtuales de juego en línea y eventos deportivos reales, como partidos de fútbol y voleibol, por ejemplo. En esta modalidad, el apostador gana si acierta una determinada condición del juego o el resultado final del partido.
El proyecto de ley establece la tributación de los operadores de empresas de apuestas y de los apostadores ganadores. La Ley 13.756 de 2018, que creó este tipo de loterías, establecía que las empresas se quedarían con el 95% de los ingresos brutos (tras pagar premios e IRPF), mientras que el proyecto de ley permite el 88%. El texto también estipula que los operadores deben pagar una tasa de licencia de hasta BRL 30 millones (USD 6 millones) por la explotación de las apuestas.
La oposición del Gobierno bloqueó la posibilidad de casinos terrestres en la propuesta
Según el proyecto de ley, el deporte de fantasía, un deporte electrónico en el que las disputas tienen lugar en un entorno virtual, basado en la actuación de personas reales, no constituye una explotación de lotería. Como tal, la modalidad está exenta de autorización por parte de las autoridades públicas.
Del importe recaudado, el 2% se destinará a la Seguridad Social. Otros destinatarios serán el deporte (6,63%) y el turismo (5%).
En el deporte, las cantidades se repartirán entre el Ministerio de Deportes (4%), los deportistas (1,13%) y las confederaciones deportivas específicas, con porcentajes que oscilarán entre el 0,05% y el 0,4%. La mitad del importe se destinará a los departamentos estatales de deportes, que deberán distribuir la otra mitad entre los departamentos municipales de deportes, en proporción a la población de la ciudad.
En turismo, el 4% irá al Ministerio de Turismo y el 1% a Embratur. También según la propuesta, la educación recibirá el 1,82 por ciento de lo recaudado. Dentro de esta cantidad, 0,82 puntos porcentuales irán a parar a las escuelas infantiles o a los centros de enseñanza primaria y secundaria que hayan alcanzado los objetivos de los resultados de la evaluación nacional.El resto (1%) se destinará a los institutos técnicos públicos.
Para que el agente operador (es decir, la empresa que explota el sistema de apuestas) pueda operar, el futuro reglamento exigirá una autorización del Ministerio de Hacienda, con una vigencia de hasta cinco años y que podrá ser revisada en cualquier momento. Las personas jurídicas tendrán que cumplir varios requisitos, como tener su sede social y administrativa en territorio nacional, contar con al menos un miembro del grupo de control con conocimientos y experiencia acreditados en materia de juego, apuestas o loterías, y cumplir requisitos técnicos y de ciberseguridad.
El procedimiento administrativo de autorización se realizará por medios electrónicos y, durante su análisis, el acceso estará restringido únicamente al interesado y a quien le represente. La autorización sólo se emitirá si, tras examinar la documentación y valorar la capacidad técnica y financiera de la empresa y la reputación y conocimientos de sus controladores y administradores, el Ministerio de Hacienda concluye que se cumplen todos los requisitos legales y reglamentarios. También se pagará una cantidad fija de contraprestación, estipulada en el reglamento (limitada a 30 millones de reales -USD 6 millones-).
Los canales electrónicos utilizados por el agente operador deben mostrar claramente información como el número y la fecha de publicación de la orden de autorización, la dirección física de su sede, los datos de contacto de su servicio de atención al cliente y del defensor del cliente.

Las acciones de comunicación y publicidad de la lotería, emitidas por los agentes operadores, deberán incluir advertencias para desincentivar el juego y alertar sobre sus perjuicios, así como respetar la restricción de horarios y canales de emisión. Se prohibirá la publicidad que presente el juego como socialmente atractivo o que contenga declaraciones de personalidades conocidas que sugieran que el juego contribuye al éxito social o personal.
También se prohibirá la publicidad de afirmaciones infundadas sobre las probabilidades de ganar, o que den la impresión de que las apuestas pueden ser una alternativa al empleo, una solución a problemas financieros o una forma de inversión financiera. El texto también prohíbe a los operadores adquirir derechos sobre acontecimientos deportivos para cualquier forma de exhibición de sonido e imagen.
Los acontecimientos deportivos que sean objeto de apuestas con cuotas fijas contarán con acciones para mitigar el amaño de partidos y la corrupción en los eventos en directo, siendo nulas las apuestas que se demuestre que han sido realizadas mediante amaño de partidos y corrupción.
Los fondos de los apostantes no podrán hipotecarse como garantía de deudas contraídas por la empresa operadora de apuestas y el agente operador deberá adoptar procedimientos de identificación para verificar la validez de la identidad de los apostantes.
Se impedirá apostar a menores de edad, personas con influencia significativa o empleados de la empresa operadora de apuestas, agentes públicos con funciones directamente relacionadas con la regulación y supervisión de la actividad, personas que tengan o puedan tener acceso a los sistemas informáticos de apuestas de la lotería y cualquier persona que tenga o pueda tener influencia en el resultado del evento objeto de la lotería, como deportistas y otros participantes.
CPI sobre la manipulación de resultados en la Cámara de Diputados
El apostante pierde el derecho a percibir sus ganancias o a solicitar el reembolso si el pago debido no se abona en su cuenta gráfica mantenida con el agente operador y no es reclamado por el apostante en un plazo de 90 días a partir de la fecha del anuncio del resultado del acontecimiento objeto de la apuesta.
Las ganancias no reclamadas se revertirán 50% al Fondo de Financiamiento Estudiantil (Fies) y 50% al Fondo Nacional de Desastres Públicos, Protección y Defensa Civil (Funcap), sujeto a la programación financiera y presupuestaria del Poder Ejecutivo Federal.
Las infracciones serán investigadas a través de un proceso administrativo, con sanciones para los agentes operadores que violen las normas legales y reglamentarias, que van desde advertencias hasta multas de hasta el 20% de lo recaudado. Según el texto, la multa no podrá ser inferior a la ventaja obtenida por el infractor y no podrá superar los BRL 2.000 millones (USD 404 millones) por infracción.
Entre las sanciones impuestas pueden estar la suspensión parcial o total del ejercicio de las actividades por un período de hasta 180 días, la revocación de la autorización, la prohibición de obtener una nueva autorización por un período de hasta 10 años, la prohibición de participar en licitaciones por un período no inferior a 5 años y la inhabilitación para actuar como administrador de una empresa que explote cualquier tipo de lotería por un período de hasta 20 años.
En el caso de otras personas físicas o jurídicas de derecho público o privado, cuando no sea posible utilizar el criterio de lo recaudado en el caso de las multas, éstas podrán oscilar entre BRL 50.000 reales y 2.000 millones (entre USD 10.000 y 404 millones) por infracción.
El Ministerio de Hacienda también puede abstenerse de iniciar o suspender, en cualquier etapa anterior a la adopción de la decisión de primera instancia, el proceso administrativo destinado a investigar el delito en cuestión, si el investigado firma un acuerdo de compromiso en el que se compromete a cesar la práctica investigada y corregir las irregularidades señaladas.
El proyecto de ley fue aprobado en mediante el informe, también de Angelo Coronel, que fue aprobado previamente por la Comisión de Asuntos Económicos (CAE), con enmiendas - el texto fue tramitado simultáneamente por la Comisión de Deporte (CEsp). Entre los cambios añadidos en la CAE se encuentra el que propone aumentar de tres a cinco años la duración de la autorización otorgada por el Ministerio de Hacienda al agente de apuestas. En cuanto a la cuantía máxima de la comisión del operador, otra enmienda aumenta el límite de una a hasta tres marcas comerciales a explotar por la persona jurídica en sus canales electrónicos por acto de autorización.
También se añade al texto el uso de tecnología de reconocimiento facial para identificar la identidad de los jugadores y la tributación de las ganancias netas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al 15%.
Entre las enmiendas aceptadas está la que prevé la explotación de loterías por los estados y el Distrito Federal, actividad autorizada por la Suprema Corte. En el caso de los deportes de fantasía, ante la necesidad de nuevas fuentes de financiación para la seguridad social y la regulación de un sector cuyos resultados son, aunque parcialmente, aleatorios, la Contribución Social sobre los Beneficios Netos (CSLL) se aumentó al 12% para este sector.