Análisis de Infoplay

España: Claves y secretos de la nueva Ley del Juego

04-11-2022
Tiempo de lectura 1:24 min

En un completo informe presentado hoy por Infoplay, de España, se pone en relieve que la nueva Ley del Juego, que amplía la protección de los usuarios en los juegos de azar y la prevención de conductas adictivas, entra en vigor hoy, viernes 4 de noviembre, tras su publicación ayer jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

De acuerdo a lo señalado por la mencionada publicación, con esta norma (que modifica la de 2011) se amplía también el control sobre la manipulación de competiciones deportivas, así como el fraude fiscal de las apuestas, a través del Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (Sigma).

Este instrumento técnico, que gestionará la Dirección General de Ordenación del Juego, almacenará por un tiempo máximo de un año, datos de personas que puedan haber incurrido en algún tipo de comportamiento o posible fraude vinculados a la competición.

A esta red de cooperación interactiva y accesible por vía telemática, se podrán adherir todas las entidades interesadas en erradicar el fraude y la manipulación de las competiciones deportivas: el Consejo Superior de Deportes, las federaciones deportivas, las ligas profesionales, los operadores del juego y las fuerzas de seguridad del Estado y autonómicas.

La publicidad de las operadores de juego se deberá hacer bajo el principio de "responsabilidad social", con lo que quedarán prohibidas las que inciten a actitudes o comportamientos antisociales o violentos de cualquier tipo, entre otros.

En virtud de esta norma, el Gobierno pondrá en marcha un Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (registro de prohibidos), e instará a las autoridades autonómicas a que interconexionen la información de sus correspondientes registros.

Con esta reforma además se modifica la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, para que las sanciones que se impongan se puedan adecuar a la capacidad económica de la empresa infractora, siendo estas efectivas y disuasorias.

Las infracciones podrán ser de leves (entre 150 y 10.000 euros), graves (entre 10.001 y 100.000) hasta las muy graves (de 100.001 a 1.000.000 euros), en las que se contempla el cierre temporal de establecimientos, instalaciones o servicios por un plazo máximo de cinco años.

Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS