Debe ser analizada en el Senado

La Ley General del Deporte generaría inconvenientes a las plataformas de apuestas deportivas en Brasil

La Cámara de Senadores deberá ahora analizar los cambios al proyecto para su aprobación.
08-07-2022
Tiempo de lectura 1:50 min

La Cámara de Diputados logró la aprobación del texto sustituto del Proyecto de Ley 1153/19, de autoría del diputado Felipe Carreras, que reformula la legislación deportiva en Brasil, estableciendo derechos para los deportistas en formación y reuniendo varias leyes en un único documento legal.

La Cámara aprobó el miércoles el texto base, pero analizando su contenido se entiende que podría dificultar las operaciones de apuestas deportivas en el país, incluso antes de la regulación de esta modalidad.

Entre los cambios propuestos a la Ley 13.756/2018, se establece que los eventos deportivos deben ser autorizados y pueden ser auditados por la respectiva confederación deportiva de la modalidad.

Esto significa que las apuestas deportivas del Campeonato Brasileño de las Series A, B, C y D tendrán que ser autorizadas y podrán ser auditadas por la Confederación Brasileña de Fútbol - CBF.

Además, prohíbe cualquier forma de publicidad o propaganda de empresas sin sede en Brasil, que exploren apuestas relacionadas con eventos reales de temática deportiva. En otras palabras, la propuesta exige que las empresas tengan representantes legales en el país para realizar publicidad y propaganda.

El nuevo texto también reduce a un máximo del 94% la cobertura de los gastos de coste y mantenimiento del agente de explotación de la lotería de cuota fija. El 1% retirado del porcentaje de los operadores se distribuirá entre el Ministerio de Deportes, el Comité Brasileño de Clubes (CBC), la Confederación Brasileña de Deporte Escolar (CBDE), la Confederación Brasileña de Deporte Universitario (CBDU), el Comité Brasileño de Clubes Paralímpicos (CBCP) y el Comité Olímpico Brasileño (COB) y el Comité Paralímpico Brasileño - CPB.

La propuesta también reduce de 1,63% a 1,53%, el porcentaje asignado a las entidades deportivas brasileñas que ceden sus derechos de uso de nombres, marcas, emblemas, himnos, símbolos y similares para la promoción y ejecución de la lotería de cuotas fijas. El 0,10% de diferencia, se dividirá entre los árbitros de fútbol (0,05%) y la Federación de Asociaciones de Atletas Profesionales - FAAP (0,05%).

Según el texto, también habrá cambios en el reparto de la recaudación de las loterías de pronósticos (Mega-Sena, Quina, Lotofácil, Lotomanía, Doble Sena, Día de la Suerte, Súper Siete y +Milionária). De la cantidad total que corresponde al organismo responsable del deporte (actualmente la Secretaría Especial de Deportes del Ministerio de Ciudadanía), el texto retira el 1,13% para dirigir los recursos a las secretarías estatales de deporte, en proporción a las apuestas realizadas en su territorio, para su aplicación en los juegos escolares olímpicos y paralímpicos.

Las secretarías obtendrán un punto porcentual más. El resto se repartirá entre el Comité Brasileño de Deportes Máster (CBEM), la Confederación Brasileña de Deportes Universitarios (CBDU) y la Unión de Deportes Brasileños.

Debido a los cambios aprobados, el proyecto que se originó en el Senado vuelve a dicha cámara para una nueva votación.

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