“Autorízase en todo el territorio provincial la actividad de casinos y bingos que se desarrollen concesionados en la provincia: Casino Puerto Santa Fe, Casino de Rosario y Casino Melincué”, puntualizó la resolución.
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El artículo 2 del decreto estipula las condiciones protocolares para que se produzca la reapertura de los casinos: distancia mínima de dos metros entre los apostadores, y la restricción del uso de las superficies cerradas, permitiendo como máximo la utilización del 50% de la capacidad de los establecimientos.
En tanto que las autoridades municipales y comunales, en conjunto con funcionarios provinciales, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en virtud de la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria.
Refiere el decreto que autoridades locales quedan facultadas en sus localidades, a disponer mayores restricciones respecto a los días, horarios, requisitos y modalidades particulares, para el desarrollo de la actividad que se autoriza.