El juez Lavié Pico otorgó una medida cautelar frente a las quejas del operador

Argentina: los bingos de Daniel Angelici logran un fallo que los exime de pagar el impuesto del 41,5%

Las empresas de Daniel Angelici lograron una medida cautelar por sus objeciones a la ley 27.346 y al decreto 179/17, que elevó la alícuota del impuesto del 35% al 41,5%
20-12-2017
Tiempo de lectura 2:53 min
Los bingos de las empresas Bingo Ramallo, World Games y Desarrollos Maipú ya no pagarán el Impuesto a las Ganancias, tras obtener una medida cautelar que convalida su principal argumento: que se trata de un tributo "confiscatorio" para toda la industria del juego, de acuerdo a como fue diseñado.

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico, le concedió a la empresa de Angelici la medida cautelar tras compartir, de manera preliminar, sus objeciones a la ley 27.346, que creó un "impuesto específico sobre la realización de apuestas", y al decreto 179/17 de Macri, que elevó la alícuota del impuesto a las ganancias para el sector del 35% al 41,5%.

Lavié Pico estimó que esa suba al 41,5% "aparecería como confiscatoria, violando así el derecho constitucional de propiedad", por lo que estimó que correspondía darle la cautelar a las empresas de Angelici.

Con esa medida cautelar a su favor, las empresas de Angelici ya no tributarán un piso de $ 14 millones anuales por sus bingos -como mínimo- y, a cambio, el juez Lavié Pico le ordenó depositar $ 1,5 millón como "caución" en Tribunales, según surge de la resolución judicial.

La medida cautelar, dispuesta el 13 de noviembre pero que hasta ahora no había trascendido, beneficia a tres sociedades del empresario: Bingo Ramallo S.A., World Games S.A. -que controla un bingo en Pergamino e intereses en Brasil- y Desarrollos Maipú S.A., con un casino en Mendoza.

Los abogados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apelaron la medida cautelar. Pero Lavié Pico se inclinó otra vez a favor de Angelici y concedió el recurso con efecto "devolutivo". Es decir que, mientras se tramite la apelación, la medida cautelar seguirá vigente y, por tanto, los bingos no tributarán el impuesto a las ganancias.

El magistrado también consideró probado que existiría un "peligro en la demora" de no otorgarles la medida cautelar a los bingos de Angelici, ya que podrían ir "al quebranto" si debieran pagar la alícuota del 41,5%. Y para eso se apoyó en los cálculos contables que aportaron los abogados del propio Angelici.

La cautelar que beneficia ahora a Angelici se extenderá hasta que el propio Lavié Pico dicte sentencia de fondo sobre la constitucionalidad de esa alícuota, o se cumpla con el plazo máximo de seis meses para la vigencia de las medidas cautelares -es decir, mayo del año próximo-, prorrogable por otros seis meses. Es decir, podría extenderse hasta fines de 2018.

El juez ya dio indicios en ese sentido, en un expediente paralelo al reclamo de Angelici, que inició en abril la Cámara Unión Argentina de Empresarios de Entretenimientos (Uadee), que nuclea a otros operadores de bingos. Patrocinados por el abogado Armando Canosa, los bingos nucleados en la Uadee lograron que Lavié Pico les otorgara la medida cautelar el 18 de mayo, y que se las prorrogara el 14 de noviembre.

Para la AFIP, la decisión judicial de Lavié Pico representó un traspié ya que había planteado su recusación "sin causa", pero el propio magistrado también la rechazó "por improcedente" el 2 de este mes, para once días después darle la razón preliminar al actual presidente de Boca Juniors. La AFIP también objetó que Lavié Pico convirtiera el proceso "sumarísimo" en "ordinario", lo que en términos prácticos extenderá los plazos para tramitar el expediente, que demorará más en llegar a una definición, "lo cual podría redundar en un claro beneficio de la parte actora", reclamó el organismo. "La prudencia y la razonabilidad con que se conduzca el juez resultan decisivas, más en casos como el presente, donde se encuentran en juego la percepción de las rentas públicas", le reclamó la AFIP a Lavié Pico. Sin embargo, el magistrado tampoco les dio la razón ante ese reclamo.

El planteo del organismo también chocó con la negativa de la Cámara de Apelaciones de fuero, que desechó sus objeciones sobre la conversión del proceso en ordinario.

Así, según los cálculos de los abogados de Angelici, World Games no tendrá que abonarle $ 12,8 millones al fisco por año mientras dure la medida cautelar, ni Bingo Ramallo otro $ 1,5 millón "por afectación directa de los nuevos impuestos". Y esa cifra es preliminar, porque los letrados no detallaron cómo impactaría en Desarrollos Maipú, la tercera firma de la industria del juego del empresario, ahora beneficiada por la Justicia.

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