El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) modificó el Reglamento de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas aprobado hace cinco años. Mediante el decreto supremo Nº 015-2017, el organismo peruano estableció disposiciones relacionadas con el procedimiento administrativo sancionador y la explotación de los locales de entretenimiento.
La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, decreta:
-Modificar los artículos 69 y 72 del Reglamento de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, sobre las condiciones atenuantes de responsabilidad y reducción de multas y el procedimiento para la determinación de infracciones y aplicación de sanciones.
-Incorporar como requisito en los procedimientos administrativos previstos en la ley y en los decretos supremos el pago por concepto de derecho de tramitación
-Que las condiciones indispensables en virtud de las cuales se accedió a la inscripción en los Registros Administrativos previstos en el artículo 25 no deben cambiar, bajo apercibimiento de dejar sin efecto el título habilitante contenido en el acto administrativo de inscripción en los Registros Administrativos
-Que la clausura de establecimientos y el comiso de las máquinas tragamonedas y programas de juegos constituyen medidas cautelares que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas podrá establecer en los procedimientos administrativos sancionadores
-Que la determinación de la observancia de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 27153 podrá realizarse con anterioridad al inicio del procedimiento de autorización expresa para la explotación de juegos de casino y/o máquinas tragamonedas
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