La norma establece que la autorización para la instalación y funcionamiento de una agencia será otorgada por resolución del Ministerio de Gobierno y Justicia, y solamente podrán instalar agencias hípicas los jockey clubes que tengan sede en la provincia, cuenten con personería jurídica vigente y patrocinen o tengan a cargo el funcionamiento de hipódromos o pistas para reuniones hípicas locales.
Así, si bien el IAFAS es el ente que regula los juegos de azar en la provincia de Entre Ríos y administra sus fondos para volcarlos en acción social, no tiene potestad sobre la actividad hípica.