La Superintendencia de Casinos de Juego de Chile se pronunció de manera categórica: está prohibido que las sociedades operadoras propietarias otorguen crédito a los jugadores.
La advertencia se dio a conocer luego de que un grupo de jugadores compulsivos denunciaran haber recibido créditos directos de los casinos. “El artículo 7 de la Ley 19.995 establece que, bajo ninguna circunstancia, el operador podrá otorgar crédito a los jugadores; está prohibido", declararon responsables del organismo regulador.
A su vez, explicaron que la Superintendencia fiscaliza los beneficios y promociones que ofrecen las sociedades operadoras, fundamentalmente a los clientes premium. La mayoría de los jugadores, cuando tienen acceso a determinadas tarjetas de beneficio, pueden acumular puntos y canjearlos por descuentos en otras áreas de los complejos, como bares y restaurantes. Los puntos, claro, son proporcionales al dinero jugado.
“Las actividades que realicen empresas relacionadas con los casinos de juego -y que por ende tienen una personalidad jurídica diferente- están fuera del ámbito de competencia de la superintendencia. Ello, teniendo en cuenta que una de las principales funciones de este organismo es velar por el cumplimiento de los requisitos que fijan la ley, los reglamentos y el permiso de operación en relación al funcionamiento de las sociedades operadoras de casinos de juego y sus servicios anexos", detallaron.