La Justicia consideró ilegal las operaciones realizadas antes de 2012

Codere avanza en su demanda contra Pokerstar en España

26-05-2017
Tiempo de lectura 1:24 min
El pasado 17 de mayo, el alto Tribunal estimó parcialmente la demanda presentada por varias sociedades del Grupo Codere contra sociedades del Grupo Pokerstars por competencia desleal, señalando que “considera que el juego online, y en concreto el juego de póker ofrecido en el sitio web de las demandadas, no era una actividad legal en España”.

La actividad de juego online realizada por Pokerstars no era “alegal” sino “ilegal” antes de concederse las licencias en 2012. Pero la Administración, que no persiguió dicha actividad ilegal, no protegió a los consumidores ni a los actores legales del sector, por lo que no se reconoce derecho a reclamar perjuicios por competencia desleal a los operadores que optaron por mantenerse en la legalidad, ya que aún siendo una actividad ilegal, fue ampliamente tolerada por la Administración.

Continúa el Supremo señalando que “[…] la actividad que se desarrollaba mediante el sitio web www.pokerstars.com, en castellano y destinada al público español, carecía de la autorización exigible para la actividad de juegos de azar en España y no era un servicio comercializado legalmente en España. Por tal razón, Reel incurrió en las conductas desleales de los arts. 21.1.c y 23.1 de la Ley de Competencia Desleal […]. […] en el caso de los arts. 21 y 23 de dicha ley, el interés protegido es fundamentalmente el de los consumidores a recibir una información no engañosa y a que la publicidad de los productos y servicios respete las exigencias legales”.

Significativamente, apunta a continuación que “la actuación de las demandadas no solo no fue aislada, sino que estaba generalizada y plenamente tolerada por las autoridades administrativas competentes en materia de juegos de azar”. Con fundamento en este razonamiento, el Supremo no concede a Codere la indemnización de daños y perjuicios solicitada, porque Codere pudo sumarse a la actividad ilegal tolerada.

Para Codere, “la sentencia obliga a buscar nuevas perspectivas a los consumidores y empresas del sector para reclamar por los perjuicios sufridos por esta situación ante la tolerancia por la Administración de una actividad que el Tribunal Supremo declara ilícita”.

Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS