Frente a la alarma producida por los medios locales sobre el proyecto de control de Apuestas en el que están trabajando, la Dirección General de Juego de la Comunidad Autónoma de Murcia aclaró que, a diferencia de lo publicado por el diario La Opinión de Murcia, no hay ninguna referencia que vincule a los bares o cafeterías con las apuestas ni ninguna mención a las Máquinas Recreativas de tipo B.
Bajo el título “La Comunidad busca modificar el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma para evitar el acceso a menores”, la Dirección General de Juego señala que se “está elaborando un proyecto que incluye el establecimiento de un sistema minuciosos de control para evitar la formalización de las apuestas por los menores de edad y los inscritos en la sección correspondiente de prohibiciones en del Registro General del Juego”.
“El sistema es un mando de control a distancia que el encargado del local activa una vez comprobado que el jugador es mayor de edad y no está en el registro de prohibidos. El registro de prohibidos se inscriben personas a petición propia o son inscritos por un juez. Actualmente hay inscritas 480 personas”, especifica.
Este proyecto ya se sometió a informe de la Comisión Regional de Juego, donde hay un representante de las asociaciones de lucha contra la ludopatía y fue aprobado por unanimidad. “El Consejo Económico y Social dictaminó favorablemente sobre la el sistema de control, El CES considera plenamente acertado que el Preámbulo de la norma objeto del presente dictamen califique como fundamental esta modificación por su relevancia, real y simbólica, para la articulación de una necesaria política pública dirigida a la prevención de los trastornos adictivos en el ámbito de los juegos de azar en jóvenes y adolescentes”.
Además, también tiene un dictamen favorable por parte del Consejo Jurídico de la Región de Murcia. “No cabe duda que la regulación propuesta refuerza el control de accesos, de una parte, al señalar que el acceso a los espacios que los casinos, las salas de bingo y salones de juego destinen a la realización de apuestas, deberán atravesar previamente el servicio de admisión o de recepción. De otra, conforme a la regulación vigente establece que los locales específicos y áreas de apuestas deberá existir obligatoriamente un servicio de recepción, que exigirá la identificación de los usuarios que accedan e impedirá el acceso a los menores y a los prohibidos citados con anterioridad. Por último, se añade un segundo control respecto a los salones de juego, en tanto los terminales de expedición y las máquinas auxiliares deberán disponer de un sistema de bloqueo automático de apuestas que impida a los menores y personas incursas en prohibición la formalización de apuestas, sin que conste la oposición del sector a tal medida, cuya viabilidad técnica se presume por el órgano que la propone”.
El proyecto de decreto entrará en vigor a los 20 días desde su publicación en el BORM. Por lo tanto, en ese momento será exigible el nuevo sistema. La obligación de control ya la establecía la ley, ahora se han concretado el sistema.
Por no tener el sistema de bloqueo las empresas pueden ser sancionadas con multas de hasta 3.000 euros (USD 3.160). Además de lo anterior, la participación de menores de edad o de aquellos que tengan prohibido el acceso al juego se califica en la Ley Regional de Juego como infracción muy grave que puede implicar una sanción de hasta 600.000 euros (USD 632.178).