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La Rioja aprueba el Decreto del Bingo electrónico

Los premios se mantienen en un 70% del valor de todos los cartones vendidos en cada trimestre y un 40% de cada partida. El Decreto, además, contempla la posibilidad de incorporar sus salas a los bingos del resto de comunidades.
13-02-2017
Tiempo de lectura 1:30 min
Los premios se mantienen en un 70% del valor de todos los cartones vendidos en cada trimestre y un 40% de cada partida. El Decreto, además, contempla la posibilidad de incorporar sus salas a los bingos del resto de comunidades.

En 2016, el Gobierno de La Rioja recaudó más de 8,8 millones de euros (USD 9,3 millones) por el juego, de los cuales 1.476.964 millones (USD 1.572.080) correspondían a los bingos. El auge de los juegos de azar desarrollados a través de vías electrónicas o telemáticas obligó a modificar su regulación para “su seguridad, transparencia y la protección de los participantes”.

En esta línea, el Consejo de Gobierno aprobó el decreto 71/2009, por el que se modifica el reglamento del Juego del Bingo en la Comunidad Autónoma de La Rioja y contemplaba la modalidad del bingo electrónico.

En concreto, para la organización y el desarrollo de esta modalidad de bingo las salas de bingo y los salones de juego autorizados deberán disponer de una serie de elementos informáticos, debidamente homologados y autorizados por la Dirección General de Tributos. Se trata de un sistema informático de gestión y control del juego, terminales informáticos de juego para uso de los jugadores, en donde se reflejará el cartón de cada partida, y tarjetas electrónicas para la compra de cartones y el cobro de premios.

Desarrollo del juego

El bingo electrónico tendrá como base cartones virtuales o electrónicos, que podrán ser adquiridos con dinero en efectivo o con tarjeta prepago. En los monitores ubicados en las salas de juego se irán proyectando los números sorteados, avisando al jugador de cualquier premio.

La empresa autorizada para la explotación del bingo electrónico deberá destinar para premios al menos un 70% del valor de todos los cartones vendidos en cada trimestre y un 40% de cada partida.

Por otro lado, como novedad, el decreto define la modalidad de bingo electrónico mixto, que es una variante del bingo electrónico en la que los jugadores participan en una partida de bingo electrónico mediante terminales informáticos de juego, pero con cartones físicos.

Además, regula el bingo electrónico interconectado, lo que permitirá a La Rioja incorporarse a otras comunidades autónomas para la realización de partidas del juego del bingo intercomunitaria de forma conjunta y simultánea en soporte electrónico.

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