El mismo legaliza las promociones empresariales que se realizan en todo el territorio de Río Negro. Asimismo, se llevó a cabo una actualización en la normativa relacionada con los bingos, rifas y demás tipos de certificados sorteables.
El decreto en cuestión, rubricado por el gobernador Alberto Weterilneck y el ministro de Economía, Isaías Kremer; tiene por finalidad proteger al ciudadano que participa de las promociones comerciales y de estímulo de comercialización de producto o servicios, gratuitas o sin obligación de compras, otorgándoles un marco legal, contemplando que los premios o la información que se divulga sea correcta y real, como así también que los sorteos publicitados sean reales.
Se destaca que el ente fiscalizador de juegos de azar obligará a una inscripción anual de la empresa que desee realizar una promoción o juego gratuito debiendo inscribirse, pagar un canon anual y presentar la documentación exigida.
En la oportunidad, el Interventor Ayestarán expresó: “Es muy importante la incorporación del Reglamento General de Promociones Comerciales y de productos o servicios, como así también de las modificaciones al reglamento para realizar rifas, bingos y demás tipos de certificados sorteables, dado que los decretos reglamentarios de juegos de azar, eran de los años 1984, 1985 y 1986”.
“Con estas actualizaciones se tiene por objeto fortalecer, darle valor y defender al ciudadano rionegrino en este tipo de actividades, debido a que según el trabajo de investigación que hemos realizado, hay muchos casos de engaño o falsedad de las promociones comerciales, rifas falsas o poca transparencia en los bingos barriales o de clubes sociales o deportivos”, aseguró.
Afirmó Ayestarán que “con esta nueva herramienta legal vamos a proteger al vecino que desea participar de los concursos nacionales o provinciales que realizan distas firmas comerciales en el territorio de Río Negro”.
También se estableció en el Artículo 36 del reglamento que la Autoridad de Aplicación podrá aplicar sanciones a toda aquella entidad u organización, inscripta o no, cuando estas incumplan con las disposiciones establecidas en el reglamento, multa que podrá ser equivalente hasta un 40% del valor total de los premios ofrecidos.
Indicó el funcionario que “en materia de modificaciones en los premios de rifas o bingos la normativa es muy similar pero con la defensa compartida de los clubes y de los vecinos que adquieran los bonos contribución o participen de los distintos eventos promocionados”.
Por último subrayó: “Nuestra función es la de agente fiscalizador de los juegos de azar, y nuestra misión es y será que cada acción sea legal, con la transparencia que caracteriza a esta Lotería con casi 38 años de vida”.