Boldt acusa al Gobierno Regional de Bío Bío de actuar en base a convicciones políticas

Chile: la disputa por el casino de Chillán continúa en la Corte Suprema

06-04-2016
Tiempo de lectura 5:01 min
Boldt reclama que la decisión del Gobierno Regional (Gore) del Bío Bío no se respalda en ningún argumento técnico, sino responde a una decisión política que los discrimina arbitrariamente, cuyo respaldo por parte de la Corte de la Apelaciones sería un precedente no menor para otras oficinas regionales.

El Casino de Chillán está lejos de ver la luz producto de la disputa que hay entre uno de los postulantes para adjudicarse el proyecto y el Gore del Bío Bío, el cual en noviembre pasado dejó nuevamente como primera opción al operador Marina del Sol de Chillán, ligado al empresario Nicolás Ischmenetzky.

Ahora la disputa está concentrada por segunda vez en la Corte Suprema, la cual ya dictaminó que el rechazo del Gore al proyecto del consorcio hispano-argentino Boldt-Peralada fue arbitrario e ilegal, luego de que este junto con Dreams obtuvieran cero puntos, lo cual motivó la decisión de este último de restarse del proceso acusando irregularidades, mientras Marina del Sol obtuvo 300. Lo anterior obligó a iniciar en dos ocasiones un nuevo proceso en la oficina regional, pero el resultado ha sido siempre el mismo, razón por la cual el casino de Chillán sigue siendo tema en tribunales.

Con el fin de revertir la última decisión del Gore, respaldada por la Corte de Apelaciones a fines de marzo, Boldt-Peralada acudió a la Corte Suprema reclamando que la determinación de la oficina regional responde solo a un móvil político, en el cual no hay argumentos técnicos suficientes para rechazar su postulación, por lo que el respaldo de una instancia como la Corte de Apelaciones supone además un precedente no menor para el resto de los gobiernos regionales a lo largo de Chile.

Lo anterior, a propósito del impacto que tendría para la vida saludable en la zona un casino a 280 metros de la Universidad Pedro de Valdivia, lo cual es considerado por el Gore como un factor que podría provocar ludopatía en jóvenes, en circunstancias que el proyecto Marina del Sol está a unos 700 u 800 metros de distancia.

Dicha determinación la respaldó la Corte de Apelaciones, validando el carácter discrecional del Gore: "Indudablemente, la calificación de si un casino de juego puede o no repercutir negativamente en la promoción de vida saludable así como en la promoción de hábitos de vida saludable no son aspectos que puedan someterse a un análisis jurídico químicamente puro, pues, la naturaleza misma de dicha calificación contiene inseparablemente una opinión política, de creencias, de convicciones de vida, que no puede ser evaluada por un órgano jurisdiccional, puesto que ello –precisamente– forma parte de las motivaciones de una decisión que el legislador ha atribuido al órgano de la administración del Estado, cuyo pronunciamiento u opinión no puede ser sustituida por este tribunal (…) desfavorablemente por entender que, conforme a una serie de antecedentes que estimó suficientes para llegar a la convicción que un casino de juegos colindante a un centro de estudios superiores representa una externalidad negativa frente a los lineamientos de promoción de vida saludable, no se advierte que por este solo hecho la decisión sea irracional, ya que dicha opinión se basa en las creencias e ideologías que comparten los miembros del órgano público colegiado de carácter político, llamado por la ley a pronunciarse sobre ello, cuestión que, como se dijo, se aleja de un control de mérito jurídico”.

Esa lógica de la Corte de Apelaciones para Boldt supone un precedente que fija jurisprudencia en todo tipo de decisiones de los Gores, la cuales podrían responder a cuestiones políticas y no a argumentos técnicos.

Por ello es que en su recurso a la Suprema dice que el fallo citado “pretende reconocerle a la autoridad administrativa que ésta puede tomar decisiones en base a su ideología o en lo que son sus propias creencias, sin que ellos puedan ser revisados por el Poder Judicial. O dicho de otra forma, los ministros sentenciadores aceptan que un acto administrativo puede tener un móvil político que los jueces no pueden conocer, lo que se traduce inevitablemente en otorgarle INMUNIDAD al GORE en su actuar” (sic).

“Esta sentencia establece que un acto de la administración puede fundarse únicamente en la afirmación que un proyecto genera externalidades negativas para una región limitándose a afirmar la vulneración a ‘la promoción de vida saludable así como en la promoción de hábitos de vida saludable’ sin importar si esta información está respaldada en antecedentes técnicos, normativos, idóneos y verificables, y esa afirmación, además, no será sujeta a un control de mérito jurídico por parte de la Corte”, agrega Boldt-Peralada.

A juicio del operador, la discrecionalidad del Gore no es absoluta sino acotada. Cita el artículo 2° de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, el cual dispone que “los órganos de la Administración del Estado someterán su acción a la Constitución y a las leyes. Deberán actuar dentro de su competencia y no tendrán más atribuciones que las que expresamente les haya conferido el ordenamiento jurídico. Todo abuso o exceso en el ejercicio de sus potestades dará lugar a las acciones y recursos correspondientes”.

Para Boldt, a lo anterior hay que considerar que se trata de un pronunciamiento sobre un proyecto donde hay varios competidores, lo que exige una mayor prolijidad en la fundamentación porque los perjudica en beneficio de Marina del Sol.

Marco obsoleto
A propósito de la argumentación del Gore, el operador reclama que este se basó en lineamientos inexistentes a partir de una Estrategia de Desarrollo Regional no vigente, caduca y obsoleta.

En este tercer pronunciamiento desfavorable, el Gore observó externalidades negativas que atentarían contra los objetivos estratégicos de “incrementar las instancias y oportunidades para la formación, práctica, difusión de las diversas manifestaciones culturales, deportivas y de vida saludable de la región”, así como “generar espacios y condiciones de habitabilidad que promuevan una armonía entre la ocupación del territorio y su medioambiente, preservando la salud y calidad de vida de la población”. Sin embargo dichos lineamientos corresponden a la Estrategia Regional 2008-2015 del Bío Bío, ya obsoleta y no vigente luego de que el Gore dictara en agosto de 2015 la nueva Estrategia Regional 2015-2030, que no contempla los objetivos mencionados.

“Los niveles de falta de prolijidad con el que ha actuado el Gobierno Regional en este proceso han sido evidentes en cada uno de sus pronunciamientos, que ha tenido siempre un mismo objetivo común, cual es el votar desfavorable el proyecto de mi representada utilizando argumentos artificiosos, inexistentes y fundados en antecedentes equívocos: informes bajados de Internet, lineamientos de estrategia de desarrollo regional inexistentes y no basarse en la estrategia de desarrollo regional vigente”, reclama Boldt.

Finalmente, sostiene que su proyecto está emplazado en el sector norte de Chillán, al igual que el de Marina del Sol Chillán SA, “ambos ubicados en la misma vereda y calle y a unas cuadras de distancia”. Por tanto, se pregunta: “¿Cuál sería la diferencia para votar favorable y desfavorable uno y otro? ¿Cuál sería a juicio del Gobierno Regional del Bío Bío la distancia razonable y por qué nuestros 280 metros de distancia, además de todo lo que rodea al proyecto, afectarían la vida saludable de los jóvenes de la universidad Pedro de Valdivia promoviendo la ludopatía en ellos que dicho sea de paso este argumento no está contemplado en la estrategia regional 2015-2030? ¿En qué radica la diferencia de un proyecto y otro en lo que le corresponde pronunciarse al Gobierno Regional, que solo se debió referir a la comuna de emplazamiento y al impacto en el desarrollo Regional?”, se pregunta.

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