Por medio de la modificación del reglamento del bingo electrónico a través de la Ley 2/2016, del 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma publicada el 3 de febrero, se han eliminado algunas condiciones y limitaciones para el acceso a la explotación del juego del bingo electrónico en Aragón.
Así, tal y como se apoyaba desde la Asociación Española de Empresarios de Salones de Juego y Recreativos (ANESAR), ya no es necesario que la entidad interesada en la explotación del bingo electrónico esté formada por cuatro salas de bingo que cuenten con la posibilidad de instalar como mínimo 500 terminales de bingo electrónico.
De esta manera se abren nuevas posibilidades para la efectiva explotación de este juego en los salones aragoneses, razón por la que desde ANESAR felicitamos al ejecutivo aragonés.