Gracias a este decreto se mantiene el número de autorizaciones para 42 salas como actualmente rige por entenderse que no está justificada una ampliación de la oferta.
El Decreto tiene por objeto actualizar la normativa, y avanzar en la simplificación y modernización de los procedimientos y trámites administrativos, así como contemplar las nuevas modalidades del juego del bingo y que no estaban reguladas en el Reglamento aprobado 2009.
El Decreto está integrado por un artículo único, que dispone la aprobación del reglamento regulador del bingo.
Ese Reglamento está dividido en ocho capítulos en los que se regula el objeto y el ámbito de aplicación de la norma y el régimen jurídico aplicable a esta modalidad de juego, las materias sujetas a autorización y los procedimientos de otorgamiento, renovación, modificación, subrogación y extinción de las autorizaciones de instalación y de apertura y funcionamiento, así como su vigencia.
También se reglamentan las condiciones técnicas y de funcionamiento de las salas, su clasificación y localización, el personal obligatorio y su identificación, la admisión de jugadores y su control. Asimismo, se regulan las modalidades del juego: Bingo tradicional, Bingo Acumulado Interconectado (BAI), Bingo electrónico de red y Bingo electrónico de sala.
El texto recoge también la documentación obligatoria, como la normativa, libro de inspección de juego o libro de reclamaciones, y contempla el procedimiento sancionador.