El paso de esta planificación por el Parlamento es un requisito legal establecido en el artículo 24 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
En desarrollo de dicha ley, se elaboró el proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo en la Comunidad Autónoma de Canarias, con el objeto de actualizar la normativa en la materia, avanzar en el proceso de simplificación y modernización de los procedimientos y trámites administrativos y contemplar nuevas modalidades del juego del bingo no reguladas en el vigente Reglamento del juego del bingo aprobado por el Decreto 22/2009, de 3 de marzo.
El Gobierno considera necesario aprobar una nueva planificación que regirá los próximos años, una vez culminada la vigencia de la que se establecia en el Decreto 299/2003, del 22 de diciembre, por el que se planifican los juegos y apuestas en Canarias.
De esta manera, se regula tanto el número máximo de autorizaciones a conceder para la instalación de dichas salas y su distribución geográfica, como las medidas necesarias destinadas a evitar una concentración de esta oferta de juego, previsiones que se contienen en la disposición adicional primera del proyecto de decreto que debe aprobar el reglamento regulador del juego del bingo en Canarias.
En relación al número máximo de autorizaciones para la instalación de salas de bingo y su distribución geográfica, se consideró como circunstancia relevante el hecho de que el mercado no haya mostrado una tendencia de crecimiento en los últimos años que justifique una ampliación de la oferta de este tipo de establecimientos de juego.
Por lo tanto, se mantiene la misma planificación contemplada en el Decreto 299/2003 sobre el número de autorizaciones, que en total será de 42. Sin embargo, se acorta la vigencia de las autorizaciones, que ahora no podrá exceder de los dos años con el objetivo de permitir su revisión periódica, previa evaluación de las condiciones reales de la demanda en cada momento y las expectativas sociales y económicas que se vayan sucediendo.
La planificación contemplada en el proyecto de decreto señala la siguiente distribución territorial de las autorizaciones: 24 en Gran Canaria; 10 en Tenerife, dos en cada una de las islas de Fuerteventura, Lanzarote y La Palma, y una en cada una de las islas de La Gomera y El Hierro.