En Santa Fe, Argentina

Proponen sancionar a quienes no adviertan las consecuencias del juego compulsivo

09-05-2014
Tiempo de lectura 2:56 min
(Argentina).- Ante la ausencia de la inclusión de la leyenda "el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud" en publicidades que promocionan juegos de azar, el diputado provincial justicialista Demetrio Álvarez (PRO-UPROF) propone modificaciones al Código de Faltas de la provincia de Santa Fe con el objetivo de sancionar el incumplimiento a la Ley Provincial Nº 12.991 (Publicidad de Juegos de Azar).

Ante la ausencia de publicidad referida a las consecuencias del juego compulsivo, como por ejemplo la última campaña intensa lanzada por el gobierno de la provincia de Santa Fe a través de la Lotería de Santa Fe en relación a la "Quiniela Express", incluso suministrando material en los puntos de venta y la maravilla que significa un resultado inmediato, sin la leyenda "el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud" que preceptúa la Ley Provincial Nº 12.991 (Publicidad de Juegos de Azar); el diputado provincial justicialista Demetrio Álvarez (PRO-UPROF), vicepresidente de la Comisión de Asuntos Laborales, Gremiales y de Previsión de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, por intermedio del proyecto de ley (expediente 28723 PRO-UPF) de su autoría, presentado por mesa de movimiento de expedientes el pasado día lunes 21 de abril de 2014, aún sin tratamiento por el Cuerpo, propone modificaciones al Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe con el objetivo de sancionar el incumplimiento a la Ley Provincial Nº 12.991 (Publicidad de Juegos de Azar), que dispone se inserte la leyenda "el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud" y que "advertimos no se cumple en los hechos".

Los responsables de omitir la publicidad serán reprimidos con arresto de 90 días

Con las modificaciones propuestas al Título IV - Capítulo II - Contra Juegos y Apuestas Prohibidos de la Ley Nº 10.703 (Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe), el artículo 97º quedará redactado de la siguiente manera: "Los titulares o responsables de un establecimiento comercial que omitieran en la publicidad de juegos de azar, por cualquier medio que se efectúe, insertar la leyenda: ‘el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud', serán reprimidos con arresto hasta 90 días y multa".

Siempre se debe colocar "el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud"

Por su parte, el artículo 98º quedará redactado de la siguiente manera: "Los titulares o responsables de un establecimiento comercial, locales de juego, agencias de apuestas, bingos y casinos que en los accesos omitan colocar en letra y lugar suficientemente visibles la leyenda ‘el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud', serán reprimidos con arresto hasta 90 días y multa hasta 30 jus". En ambos casos, conjuntamente con la sanción prevista, los lugares donde se cometiere la infracción podrán ser clausurados por un término de hasta 90 días.

El mismo organismo oficial que autoriza, no debe brindar asistencia y fiscalizar

Queremos que se sancione el incumplimiento a la Ley Provincial Nº 12.991 (Publicidad de Juegos de Azar) que dispone se inserte la leyenda "el jugar compulsivamente es perjudicial para la salud" y que advertimos no se cumple en los hechos. La única sanción contemplada en el ordenamiento legal figura en el Decreto Nº 1179/2011 Reglamento de Permisionarios de la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe, que en su artículo 51º inciso 7) preceptúa la sanción de apercibimiento para el incumplimiento de la citada Ley Nº 12.991. Es decir, el mismo organismo oficial que otorga los permisos para la comercialización de los juegos de azar, les brinda asistencia comercial y los fiscaliza.

Queremos sancionar conductas lesivas al interés general y disminuir la ludopatía

"Necesitamos centrarnos en la publicidad del juego y los límites deben establecerse para impedir que un negocio lícito sea perjudicial para la salud de la población. La ludopatía es una enfermedad que tiene enormes implicancias sociales, por eso queremos sancionar conductas que lesionen de alguna manera ese interés general, y, así como se sanciona el juego clandestino e ilegal como lo hace el Código de Faltas, también la ausencia de publicidad referida a las consecuencias del juego compulsivo debe ser sancionada"; fundamentó el diputado provincial justicialista Demetrio Álvarez (PRO-UPROF), el proyecto de ley (expediente 28723 PRO-UPF) de su autoría, aún en estudio por las comisiones internas de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, no sin antes resaltar que "con estas enmiendas al Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe, queremos impulsar una norma de carácter tuitivo del bienestar general".

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