Declaraciones de Carlos A. Fonseca Sarmiento, socio de Varela & Fonseca Abogados

“Sin lugar a dudas, este 2014, Bolivia dará que hablar”

10-02-2014
Tiempo de lectura 3:42 min
(Bolivia).- El Casino Flamingo, el primer casino autorizado por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ), abrió sus puertas la semana pasada. Carlos Fonseca A. Sarmiento -abogado, árbitro, máster en Administración Pública y Derecho Constitucional y socio de Varela & Fonseca Abogados- estuvo presente en el evento y compartió con Yogonet su análisis del mercado boliviano.

“El 25 de noviembre de 2010 se aprueba la Ley 060, Ley de Juegos de Lotería y de Azar con lo que se produce una reforma integral del régimen jurídico de los juegos de azar en Bolivia. Asimismo, se crea una nueva entidad competente denominada Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ). El 23 de febrero de 2011, mediante la Resolución Suprema 5145 se designa al señor Mario Cazón Morales como director ejecutivo de la AJ y hasta ahora se mantiene en dicho cargo”. 

“Durante el año 2013, la AJ tuvo una actividad regulatoria prolífica. Mediante diversas Resoluciones se aprobaron: i) Reglamento para el trámite de licencia de operaciones de juegos de lotería y de azar así como para el registro de empresas certificadoras, fabricantes y distribuidores; ii) Reglamento de clasificador de juegos autorizados; iii) Reglamento de especificaciones técnicas de hardware y software de las máquinas de juego o medios de juego; iv) Reglamento específico para sistemas y juegos progresivos; v) Reglamento específico para sistemas sin dinero en efectivo (cashless) en salones de juegos o casinos; vi) Reglamento específico para sistemas tickets (TITO) en salones de juego o casinos; vii) Reglamento para la implementación del sistema de control en línea; viii) Reglamento para otorgar autorizaciones a promociones comerciales; ix) Reglamento para otorgar autorizaciones en juegos de sorteo con fines benéficos; x) Reglamento de consultas escritas y xi) Reglamento para operaciones de juegos de mesa y especificaciones técnicas del sistema de mesas de juego”.

“Recientemente, el 7 de febrero de 2014, oficialmente inició operaciones el primer Casino autorizado por la AJ. El Casino Flamingo de la empresa Curucusi Games S.R.L, ubicado en la ciudad de Santa Cruz. Como puede advertirse, la AJ ha realizado un trabajo infatigable para preparar el terreno para las inversiones en la industria del entretenimiento. El primer Casino es de capitales bolivianos pero de empresarios con experiencia conocida en operación de salas de juego en otros países. La decisión política de ordenar el sector quedó demostrada con las acciones de control que permanentemente hace la AJ para combatir la operación de máquinas tragamonedas ilegales”. 

“Lamentablemente, en muchos países de nuestra región como Chile, Paraguay, Colombia y República Dominicana, paralelamente a las máquinas tragamonedas autorizadas funcionan una gran cantidad de máquinas con una situación de informalidad. En muchos casos, el bajo precio de estos aparatos hace que la recuperación de sus costos sea rápido (a pesar que las autoridades los incauten) por lo tanto, se necesita autoridad con planes de fiscalización permanentes para evitar su proliferación. Bolivia no es ajena a esta situación, pero los informales se han chocado con una autoridad fuerte que quiere dar el ejemplo en Latinoamérica. Durante el 2013, la AJ realizó 493 intervenciones, es decir, más de una por año, incautó 3,152 máquinas. La mayor cantidad fue en Santa Cruz (1545), Cochabamba (517), Beni (327), Chuquisaca (246), Tarija (201) y La Paz (181). Es decir, operativos contra los informales a nivel nacional, de manera permanente durante todo el año”.

“Estas tres acciones son una clara señal que es “la hora de Bolivia”: i) Actividad regulatoria permanente de la AJ, ii) Acciones de fiscalización y control durante todo el año y iii) Operación de la primer casino autorizado en Bolivia”.

“Por otro lado, siguiendo el modelo peruano, para poder operar máquinas tragamonedas en la jurisdicción boliviana, previamente tienen que ser objeto de evaluación ante una empresa certificadora y actualmente ya están autorizados dos laboratorios: GLI y BBM. Además, también ya hay varios fabricantes de máquinas tragamonedas dispuestos a obtener su Registro de Fabricante y los Certificados de Cumplimiento para sus modelos y programas de juego”.

“La existencia de una autoridad fuerte, transparente y proactiva es una condición fundamental para desarrollar responsablemente la industria del juego en un país, pues promueve la creación de infraestructura, nuevos empleos que antes no existían y nuevos recursos tributarios para el Estado. En la medida en que puedan contrarrestar el juego ilegal y mantener la igualdad de oportunidades a todos los inversionistas se genera un ambiente de confianza y seguridad para nuevos proyectos".

"Sin embargo, hay temas pendientes que deben discutirse. El principal está a nivel legislativo más que ejecutivo y es el régimen tributario. La imposición al juego en Bolivia es significativamente alta pues además de los impuestos ordinarios (Impuesto sobre las utilidades de las empresas e IVA), existe un Impuesto al Juego del 30 por ciento y un Impuesto a la participación en juegos del 15 por ciento. En el primer caso, la base imponible es la ganancia bruta o NET WIN pero la manera como se ha redactado en el Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo 0782 de 2011, podría ser equivocadamente interpretada que la base imponible es el COIN IN. En consecuencia, además de tener las tasas más altas de la región en imposición al juego, una interpretación indebida de la norma podría generar un efecto confiscatorio irreparable que podría borrar todo el esfuerzo que está haciendo la AJ por lograr que la industria del juego sea regulada responsablemente y que las inversiones que se realicen en este sector contribuyen mediante los impuestos al desarrollo del país. Sin lugar a dudas, este 2014, Bolivia dará que hablar”.

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