La base imponible de esta modalidad, es decir, la diferencia entre el importe del valor facial de los cartones adquiridos y las cantidades destinadas a premios, está constituida por el 35,5 por ciento del valor facial de los cartones adquiridos
El tipo tributario al bingo electrónico se establece en el 20 por ciento sobre las cuantías que los jugadores dediquen a su participación en el juego, descontada la cantidad destinada a premios.