La norma que pasó a comisión Hacienda del Concejo establece que los interesados en el negocio deberán presentar al municipio una certificación de organismos técnicos como Labocar de Carabineros o Lacrim de la PDI o el informe de una facultad universitaria donde se concluya que las máquinas son de destreza y habilidad.
Además, se indica que los establecimientos no podrán ser instalados a menos de 100 metros de escuelas o sitios de expendio de bebidas alcohólicas. Se regula el horario, que será entre las 9 y 24hs., se exige una determinada luminosidad de los recintos y se crean una serie de requisitos que deben cumplir las personas a la hora de solicitar las patentes de operación que aparecen como restrictivas.