Entretenimientos Patagonia planteó la inconstitucionalidad de la ordenanza Nº 147/2010, que fijó un incremento del 50% para la actividad de juegos de azar en El Bolsón, y solicitó la citación de la Lotería de Río Negro como tercero de intervención obligada.
La firma consideró que la norma impugnada, por la cual se readecuó el marco tarifario para el ejercicio fiscal 2011, afecta derechos constitucionales de la provincia y agregó que el municipio demandado “invade facultades tributarias que la Constitución provincial pone en cabeza de la provincia de Río Negro”.
Alegó interés de la provincia porque “si se convalidara la ordenanza puesta en crisis, afectará de manera terminal la ecuación económica financiera que tuvo en cuenta al momento de otorgar a su mandante el contrato de concesión para la explotación del casino de El Bolsón”. Sostuvo que por esta razón “la provincia quedará expuesta a un eventual reclamo por las pérdidas y perjuicios originados en la persecutoria conducta municipal hacia su mandante”.
Por su parte, el apoderado de la Municipalidad de El Bolsón, Miguel A. Wisky, con el patrocinio letrado del abogado Matías Vera Figueroa, solicitó el rechazo del pedido de citación a tercero porque “el instituto procesal es de carácter restrictivo y no resulta necesaria su intervención para la resolución del caso”.
Después, el apoderado de la provincia de Río Negro, Cosme Andrés Nacci, se opuso a la citación que en calidad de tercero se efectuó por entender que “no existe la comunidad de intereses que la actora considera acreditada”.
Al analizar el caso planteado, el juez Sergio Barotto coincidió con el dictamen de la Procuración General, en cuanto corresponde rechazar la citación de la provincia de Río Negro en calidad de tercer obligado, tal como fuera solicitado por Entretenimientos Patagonia.
Agregó que la empresa “no acredita de modo suficiente la existencia de ‘controversia común’ que involucre intereses de la provincia de Río Negro que puedan verse afectados con la sentencia que eventualmente recaiga en este proceso. La propia provincia de Río Negro se opone a su intervención en el pleito y niega cualquier conflicto de poderes en cuanto a la competencia para gravar la actividad”.