La solicitud de autorización y toda la documentación requerida deberá presentarse con 30 días de anticipación al inicio de la explotación de los juegos de azar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional en las oficinas de la SCJ.
Al respecto, la Subsecretaria de Turismo, Jacqueline Plass, explicó que “se trata del reglamento que da luz verde a las embarcaciones extranjeras para inscribirse en el registro que exige la ley de casinos 19.995 y que permite operar sus salas de juego en territorio chileno”.
La autoridad agregó que la apertura de las salas será autorizada bajo ciertas condiciones, por ejemplo, “abrir los casinos a tres millas del puerto, realizar un trayecto de a lo menos 500 millas náuticas y permanecer al menos tres días en el país”.
Por su parte, el Superintendente de Casinos de Juego (PT), Francisco Javier Leiva, explicó que “en el sitio www.scj.cl se encuentra disponible el formulario de solicitud de Operación de Juegos de Azar en Naves Mercantes Mayores Extranjeras en el que se deberán completar antecedentes del propietario y del armador de la nave, del operador de los juegos de azar y del circuito turístico, entre otros”.