Los ingresos derivados de este impuesto se destinarán íntegramente a las comunidades autónomas, como indica expresamente la ley, mientras el tributo no se incorpore como impuesto cedido a las leyes reguladoras del sistema de financiación. Las únicas excepciones serán las relacionadas con los impuestos aplicables a no residentes, a los residentes en Ceuta y Melilla y las apuestas mutuas deportivo-benéficas e hípicas estatales.
Además de este acuerdo, destaca el compromiso adquirido por parte de las comunidades autónomas de plantear ante sus respectivos parlamentos regionales, en un plazo máximo de seis meses, la aprobación de una regla de gasto coherente con la ya aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 1º de julio para la Administración General del Estado y las entidades locales.