El director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego, Mario Cazón, hizo el anuncio a tiempo de recordar a los responsables de las casas de juego que el plazo para la recepción de documentos termina el 8 de junio.
Entrevistado por el Diario La Prensa, Cazón informó que después de esa fecha, la Autoridad dispondrá de 20 días de plazo para evaluar las solicitudes y decidir si otorga las licencias de operaciones para que estas empresas funcionen de forma legal.
Cazón dijo que las firmas que no cuenten con licencia serán pasibles a sanciones económicas y al decomiso de las máquinas de juego, como establece la Ley 060 de Juegos de Lotería y Azar.
Mencionó que las máquinas decomisadas serán subastadas o eliminadas si no cumplen los requisitos de la legislación boliviana, así como los estándares internacionales de la industria del juego. “Por ejemplo, hay máquinas que se activan con monedas o billetes de curso legal ya sean nacionales o extranjeros. Esas máquinas no se adecuan a la ley y serán decomisadas y destruidas”.
En el caso de las sanciones económicas, aclaró Cazón, las multas serán de 2.000, 5.000 y 10.000 UFV, según al nivel de ingresos de las compañías.
El Director mencionó que todas las firmas o medios de comunicación que deseen realizar promociones o sorteos, deberán pedir permiso a la institución reguladora y tributar el 10% del valor del premio que se sorteará. En comparación con los juegos de azar, a esta actividad se la denomina promoción empresarial, la que, según Cazón, es aquella actividad por la cual una empresa privada o unipersonal desarrolla una promoción para captar más clientes o mantenerlos a cambio de ciertos premios o incentivos especiales.
Mencionó que el artículo 7 de la mencionada ley garantiza estas promociones, pero que éstas deben ser gratuitas para el cliente y que la empresa debe pagar el mencionado tributo. “Por ejemplo —dijo—, si una empresa promociona el sorteo de un automóvil valuado en 25.000 dólares, el impuesto que debe pagar es de 2.500 dólares”.
Aclaró que están exentas del tributo las entidades o empresas que destinan sus recaudaciones a fines benéficos. La autoridad recordó que está prohibido el funcionamiento de las máquinas tragamonedas instaladas en puestos de venta, quioscos o puntos de llamadas de diversas ciudades, por lo que en los próximos días se realizará un batida para efectuar el decomiso respectivo en caso de que no hubiesen sido retiradas.
“Después de que la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego concluya la recepción de los documentos de las empresas del rubro, la entidad, dijo Cazón, volcará su atención a controlar los juegos de apuestas que se anuncian y ofrecen por internet en el país”.
“Las apuestas que se realizan por la red internet o las empresas que anuncian por este medio deben adecuarse a la legislación boliviana, puesto que se prohíbe toda clase de concursos”, salvo que éstos tengan fines benéficos, y que deberán someterse a las reglas de tributación vigentes en Bolivia.