El próximo 8 de junio vence el plazo para que los operadores de las casas de juego se adecúen a la ley de noviembre del 2010, que regula el funcionamiento de estos locales. Esta norma dispone que una vez que los interesados presenten sus papeles, la Autoridad de Fiscalización del Juego tendrá 20 días para analizar los documentos y emitir la licencia de operación.
“A partir del 29, los que no cuenten con el permiso serán considerados ilegales y tendrán que sujetarse a las sanciones que implica el decomiso de las máquinas e incluso el remate”, sostuvo Cazón.
Entre los requisitos esenciales para lograr el permiso están la presentación de una declaración jurada del representante legal, el administrador, los socios y directores de la sociedad, del origen de su patrimonio, así como una solvencia fiscal extendida por la Contraloría General del Estado.
“Si entre los socios o directivos de la sociedad existiese personal extranjero”, según Cazón, “éstos deben lograr una solvencia fiscal de una institución similar a la Contraloría en su país de origen”. Además de esta documentación, para lograr la licencia, los interesados deben adjuntar documentos tales como testimonio de constitución de la empresa, poder del representante legal, certificado de inscripción en Impuestos Nacionales, un proyecto de factibilidad económica y financiera del negocio y una autorización del Gobierno Municipal respecto a la ubicación del establecimiento.
El director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego añadió que otra exigencia para los socios, directivos y administradores es la presentación de una declaración jurada sobre antecedentes penales. “Se tiene que saber que estas personas no tienen deudas ejecutoriadas con el Estado”, señaló Cazón, y explicó que los socios extranjeros deben presentar un documento similar validado en su país de origen.
Mario Cazón explicó que la ley dispone que el capital mínimo de funcionamiento de las casas de juego es de 1,5 millones de UFV (Unidades de Fomento a la Vivienda), que equivale a unos 350.000 dólares.
Explicó que en el proyecto de factibilidad, los empresarios tendrán que especificar los tipos de juegos que ofrecerán, así como las condiciones de la infraestructura que se pondrá al servicio de los clientes. En el país existen, según Cazón, cerca de 260 casas de juego donde funcionan unas 10.000 máquinas tragamonedas.
La empresa estatal Lotería Nacional de Bolivia (Lonabol) es la primera y única empresa que hasta la fecha presentó la documentación que se exige para lograr la licencia de funcionamiento. Cazón sostuvo que están en la etapa de revisión técnica y legal de los documentos presentados.
“Tenemos plazo para entregar la licencia hasta el 28 de junio”, señaló, y explicó que la Ley 60 establece que Lonabol es una operadora de sorteos y como tal debe adecuarse a la norma, como cualquier otro negocio del rubro.
Paralelamente, el titular de Control y Fiscalización del Juego anunció que se organizan operativos para confiscar las máquinas tragamonedas que estén funcionando de manera ilegal. “Las máquinas tragamonedas han proliferado, están en los mercados, cerca de los colegios, en tiendas de barrio y otros. Son los lugares donde acuden principalmente niños, éstas tienen que desaparecer”, advirtió Cazón.
De acuerdo con la Ley 060 que regula los juegos de azar y sorteos, las máquinas tragamonedas sólo pueden estar en establecimientos autorizados. “Estamos en plena coordinación con las instituciones que nos acompañarán en los operativos. Estamos tomando las previsiones, por ejemplo, dónde se depositarán los equipos que sean confiscados a los negocios ilegales”.