Mario Cazón promete regular el negocio

Bolivia: asume el primer director de la Autoridad del Juego

24-02-2011
Tiempo de lectura 1:24 min
(Bolivia).- El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce, posesionó ayer al primer director ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego, Mario Cazón Morales, quien se comprometió a establecer y hacer cumplir nuevas reglas para la actividad de juegos de azar.

Cazón, titulado en Auditoría Financiera, fue gerente general  del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), gerente de Grandes Contribuyentes (Graco) en Cochabamba, director de Auditoría Interna de la Cámara de Senadores y oficial mayor Administrativo Financiero de la Alcaldía de Sacaba, informó el ministerio en un comunicado.

Después de posesionar a la nueva autoridad, Arce dijo que con el nombramiento se consolida la nueva Ley de Juegos de Azar que creó impuestos para la actividad.

Recordó que la función de la Autoridad de Juegos es importante, pues, se desarrollará en “un escenario en que el Estado boliviano empieza gradualmente a recuperar el control, la fiscalización de actividades que en el pasado no estaban debidamente controladas ni fiscalizadas”.

La Autoridad del Juego otorgará licencias a las operadoras de juegos de azar en todo el territorio nacional y autorizaciones para promociones empresariales y sorteos con fines benéficos. También aplicará el régimen de sanciones establecido por ley en caso de que haya infracciones a las normas establecidas.

La Ley 060, de Juegos de Lotería y de Azar, fija un Impuesto al Juego (IJ), que se aplica al operador de juegos de azar (casa de juegos), con una alícuota de 30 por ciento, aplicable sobre los ingresos brutos devengados en un mes.

Sólo en el caso de las promociones empresariales se aplica la alícuota de 10 por ciento sobre el valor del premio.

El Impuesto a la Participación en Juegos (IPJ) grava al jugador. El tributo percibido y remitido al Servicio de Impuesto Nacionales (SIN) por el operador y aplica una alícuota de 15 por ciento sobre el precio de la compra de fichas, boletos, tickets, cartones, cupones y cualquier otro medio de acceso al juego.

Están exentas del pago del IPJ las personas que participen de promociones empresariales, rifas con fines de asistencia o beneficencia, juegos de recreación, pasatiempo y eventos públicos temporales como las ferias de Alasita.

 

Temas relacionados:
Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS