La ley 13.894 vigente prohíbe el consumo de tabaco en todos los ámbitos estatales, lugares de trabajo, transportes públicos y espacios cerrados de acceso público del ámbito privado. Pero además prohíbe, en forma absoluta, fumar en todos los espacios, tanto abiertos como cerrados, de los establecimientos de salud y educativos de carácter público.
Además, prohíbe fumar en todos los ámbitos privados de acceso público, lo que incluye "todo lugar donde se ejerza algún tipo de actividad comercial, recreativa, cultural o deportiva". Entre estos lugares figuran bares, restaurantes y shopping, entre otros. Sin embargo, se admite a modo de excepción la habilitación de zonas específicas para fumar en aquellos espacios cerrados del ámbito privado (bares, restaurantes, etc.) que tengan un espacio destinado al público igual o superior a los 100 metros cuadrados.