Además, se reserva el derecho de presentar eventualmente la denuncia en contra de la abogada María Gricelda Caballero, juez de garantías Nº 9, por el supuesto delito de prevaricato y mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.
El procedimiento se debe a que el 4 de agosto pasado la magistrada aludida había suspendido parcialmente los efectos de las leyes en cuestión y un decreto; en tanto que el criterio de la Abogacía es que la propia Constitución Nacional, en su artículo 260, establece que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia es la única que puede conocer y resolver sobre la inconstitucionalidad de las leyes y otros instrumentos normativos.
"La jueza ni siquiera mencionó en su providencia la necesidad de exigir contracautela, sólo existe en el expediente una nota sin fecha, en la cual el representante de la firma Mepshow SA otorga garantía personal", reza el documento.