Tras acoger el recurso de protección interpuesto por la asociación gremial de los prosecutores

La Corte Suprema de Chile declara ilegal la prohibición del ingreso a los casinos de los fiscales

(Chile).- La Corte Suprema declaró ilegal la instrucción que impide a los fiscales adjuntos ingresar a las salas de juego de los casinos del país y ordenó al jefe del Ministerio Público dejar sin efecto la medida.
21-01-2010
Tiempo de lectura 1:09 min
(Chile).- La Corte Suprema declaró ilegal la instrucción que impide a los fiscales adjuntos ingresar a las salas de juego de los casinos del país y ordenó al jefe del Ministerio Público dejar sin efecto la medida.

Así lo resolvió, en fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal luego que acogiera el recurso de protección interpuesto por la asociación gremial de los prosecutores.

 

El instructivo fue dictado por el jefe del Ministerio Público Sabas Chahuán a mediados de 2009 y la Corte de Apelaciones había confirmado su vigencia.

 

Pero los ministros Adalis Oyarzún, Héctor Carreño, Pedro Perry, Haroldo Brito, y Sonia Araneda (voto de minoría) fueron de opinión contraria y establecieron que al decretar esta prohibición el fiscal nacional “ha incurrido en ilegalidad”.

 

Esto porque “no se encuentra facultado para ello porque, como ya se ha destacado, la Constitución Política de la República ha declarado que estas cuestiones son materia de ley; y, consecuentemente, al amparase en una potestad reglamentaria prevista para otros aspectos ha invadido un campo que excede estas prerrogativas”, según reseña el fallo.

 

Los magistrados también manifestaron, en su resolución, que los fiscales adjuntos no pueden ser considerados bajo las restricciones que impone el artículo 10 letra b) de la Ley 19.995 referida a los funcionarios públicos y municipales que, en razón de sus cargos, tienen en custodia fondos públicos.

 

Y, en ese sentido, los jueces llaman la atención sobre la propia reglamentación impartida por el fiscal nacional sobre custodia de dineros incautados por el Ministerio Público.

 

Los ministros agregan que “no puede olvidarse que la prohibición cuestionada afecta al derecho de igualdad” y que “nada puede hacer pensar que para alcanzar o mantener adecuados niveles de probidad administrativa sea necesario establecer la medida en cuestión, razón por la que ésta resulta desproporcionada”.

 

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