Cabe recordar que el proyecto autorizado por el Consejo Resolutivo de la SCJ en agosto de 2008, comprometió con la Región de Los Lagos una inversión total de U$S 38,7 millones y la generación de 425 empleos directos, considerando el 8 de julio de 2010 como plazo para tener operativo el casino de juego, y el 8 de noviembre de 2010 para el resto de las obras del proyecto integral.
Mientras el casino de juego considera la instalación de 230 máquinas de azar, 16 mesas de juego y 72 posiciones de bingo; las obras que complementan la oferta turística de la zona, contemplan un hotel 5 estrellas con 64 habitaciones, centro de convenciones, salón de espectáculos, restaurante, sala multicine, sala de teatro, sala de exposiciones, museo, centro de artesanías, centro deportivo, centro interactivo infantil y parque urbano, entre otras.
Una vez que la SCJ evalúe la consistencia entre los cambios propuestos y el proyecto ofertado en 2008 a Castro, Región de Los Lagos, informará oportuna y públicamente su resolución. En efecto, dado que la ley vigente indica que las sociedades operadoras pueden solicitar modificaciones de proyectos, la SCJ analiza y determina si las modificaciones de proyecto implican su perfeccionamiento, aumento, mejora o adecuación.
La SCJ se encuentra evaluando los antecedentes entregados el requerimiento de Rantrur S.A., y la resolución que adopte será oportuna y públicamente informada. Lo anterior, dado que la Ley N°19.995 permite que las sociedades operadoras soliciten a la SCJ la aprobación de prórrogas, conforme a razones fundadas y por un periodo que no puede exceder un tercio de los plazos comprometidos originalmente en el plan de operación de cada proyecto (artículos 28, Ley N°19.995; y 37, D.S. N°211).