Entre Ríos, Argentina

Tratarán un proyecto que establece una jubilación especial para trabajadores de casinos

25-11-2008
Tiempo de lectura 1:40 min
(Argentina).- En la Cámara de Diputados entrerriana, por moción de su presidente Jorge Pedro Busti, se aprobó por unanimidad el tratamiento para la próxima sesión del expediente Nº 16768, Jubilación especial para los Trabajadores de Casinos, en el marco de la Ley Nº 9862 "Entre Ríos Libre de Humo de Tabaco", de autoría de los diputados Jorge Maier y Juan Domingo Zacarías.

La iniciativa establece la incorporación del inciso “i” al Artículo Nº 37 de la Ley Nº 8.732, “Régimen General de Jubilaciones y Pensiones”. De este modo, tendrán derecho a la jubilación ordinaria especial los afiliados de 55 años y 52 años de edad, según se trate de varones o mujeres respectivamente y 25 años de servicio prestados en Casinos y Salas de Juego de azar fiscalizadas y/o administradas por el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS) u organismo que en el futuro lo reemplace.

En su artículo 2º, el proyecto fija además, que estos empleados “deben contar en su lugar de trabajo con una sala Libre de Humo de Tabaco donde puedan realizar el refrigerio de cada jornada laboral, teniendo a su disposición alimentos, bebidas y medicamentos necesarios que les permita una adecuada recreación psíquica y desintoxicación del organismo”.

A su vez, los trabajadores deberán realizarse anualmente un chequeo general de salud físico y psíquico que debe ser provisto de manera gratuita, a fin de descartar la formación de cualquier enfermedad que pueda originarse por razones vinculadas a su actividad laboral.

Los diputados explican en los fundamentos de la iniciativa que “los empleados de Casinos y Salas de Juegos de Azar desarrollan su actividad laboral en ambientes donde concurren personas que en una gran mayoría están afectados por distintos tipos de vicios como es el consumo de cigarrillos, el consumo de alcohol, trastornos de ansiedad por el juego compulsivo, entre otros”.

“Este hecho expone obligatoriamente a los empleados a que durante la jornada laboral deban respirar aire contaminado por el humo de tabaco, poner excesiva concentración en la actividad que realizan y al mismo tiempo tratar con personas que por los diversos tipos de patologías psicológicas que presentan tienen comportamientos que demandan una atención especial y calificada”, agregan.

Se indica además que “los motivos expuestos causan naturalmente en la persona de los empleados un desgaste tanto físico como mental, más acelerado que la que produce el común de las actividades laborales”.

Entonces, “por razones de equidad, deberían ser compensados en su vida laboral con otros tipos de beneficios que permitan equilibrar la balanza de la justicia”.

Deje un comentario
Suscríbase a nuestro newsletter
Ingrese su email para recibir las últimas novedades
Al introducir su dirección de email, acepta las Condiciones de uso y la Políticas de Privacidad de Yogonet. Entiende que Yogonet puede utilizar su dirección para enviar actualizaciones y correos electrónicos de marketing. Utilice el enlace de Cancelar suscripción de dichos emails para darse de baja en cualquier momento.
Cancelar suscripción
EVENTOS