Argentina

Buscan darle un marco legal a la explotación de salas de bingos en Buenos Aires

12-03-2008
Tiempo de lectura 51 seg

En ese sentido, el legislador manifestó que "en la actualidad el criterio sostenido por la ley 11.018 otorga amplia discrecionalidad al Poder Ejecutivo, mediante el Instituto Provincial de Loterías y Casinos, para manejar la renovación de las autorizaciones ya otorgadas”.

“En efecto el único límite que tiene el gobierno bonaerense es el temporal, 15 años, pero en todos los demás aspectos posee facultades exorbitantes que inclusive rayan la inconstitucionalidad de la norma", añadió.

En el mismo tenor, Rodrigo explicitó que "el artículo 37 de nuestra Carta Magna establece que los juegos de azar deben ser creados y reglamentados por ley, no admitiéndose la privatización o concesión de la banca estatal a través de ninguna otra forma jurídica”.

“Nuestra Constitución ha sido clara y sabia en ese sentido al imponer que solamente por ley puedan privatizarse o concesionarse los juegos de azar, es decir, le dio exclusivamente al Poder Legislativo dicha facultad por ser este el que representa al pueblo de la provincia", enfatizó.

Asimismo, el vicepresidente del bloque de senadores radicales recalcó que "la concesión de salas de juegos fue otorgada originariamente por ley, razón por la cual, sólo por otra ley debe producirse las prorrogas; entendamos que estamos hablando de un negocio millonario que debe brindar la más absoluta transparencia a los ciudadanos de la provincia".

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