Recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Cirsa pide la nulidad del nuevo concurso para la licitación del Gran Casino Aljarafe

18-09-2007
Tiempo de lectura 3:14 min
(España).- Cirsa presentó un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) solicitando la anulación del nuevo concurso convocado por la Consejería de Gobernación para adjudicar nuevamente la concesión administrativa del Gran Casino Aljarafe.

Fuentes de Cirsa indicaron que a finales del mes de julio se presentó un recurso ante el TSJA donde se pide la suspensión del nuevo concurso (al que sólo se presentó la anterior adjudicataria) como medida cautelar y se solicita que se declare “nula de pleno derecho” la orden de 22 de junio de 2007 de la Junta, por la que se convoca concurso público para la autorización de instalación de un casino de juego en la provincia de Sevilla.

Con esta suspensión, Cirsa, que decidió no presentar su oferta para la nueva licitación del Casino de Sevilla, pretende “evitar que con la continuación del proceso se produzcan unos daños de imposible o muy difícil reparación”.

La empresa catalana tiene la esperanza de que con este recurso la Junta convoque un nuevo concurso con nuevas condiciones “para así evitar que se repitan sucesos como ha ocurrido anteriormente y procurar una amplitud de ofertas y un concurso con condiciones dignas”.

De esta forma, la empresa indicó que si se acepta la petición de arbitrar medidas cautelares, se paralizará la tramitación del concurso y “la Junta no podrá adjudicar la gestión del casino hasta que no se resuelva el recurso”.

Cirsa consideró que la Consejería de Gobernación “bajo la apariencia de un concurso lo que pretende es una adjudicación directa a la empresa que venía explotando el casino y para ello se sirve de unas bases del todo inconcretas y sin ponderación que le otorgan una amplia discrecionalidad, y un periodo de tiempo del todo ridículo para que las demás empresas intenten al menos presentarse al concurso”.

Además, apuntó que la orden “incurre a su vez en una serie de graves deficiencias, contradicciones e ilegalidades que la convierten en nula de pleno derecho, como deriva de la infracción de las normas de contratación; las múltiples infracciones de las leyes administrativas y de regulación del Juego; y la intolerable infracción de las normas constitucionales”.

Entre los motivos por los cuales se considera que la orden de convocatoria de concurso debe ser declarada nula se halla la “vulneración de las normas generales de procedimiento, establecidas en la Ley de Contratación, al prescindir absolutamente de la necesaria participación de la mesa de contratación”, ya que “en las bases del concurso se omite el trámite que la Ley reserva a la mesa de contratación, indicando que la consejera de Gobernación resolverá directamente el concurso con informes de diferentes departamentos”.

También aluden en el recurso a “la falta absoluta de establecimiento de los criterios concretos de valoración", puesto que "la orden establece que junto a una relación de requisitos que se señalan, también se valorarán otros, que no indica, con lo cual se reserva el derecho a resolver como quiera y en base a lo que quiera”

En este recurso también se alude a la “falta de objetividad y ponderación necesarios”, de forma que “resulta imposible saber qué puntuación se le va a dar a cada uno de ellos, con lo que se provoca una falta absoluta de objetividad”.

Asimismo, también se alude a la “indefinición” de los aspectos que se deben valorar “que hace que en su conjunto las empresas no sepan a qué atenerse y ni que va a ser lo que la Administración realmente quiere”.

Cirsa agregó que también se solicita la experiencia como criterio valorativo “cuando la doctrina ha remarcado que no se puede solicitar la experiencia como un elemento valorativo, pues en nuestro caso la única que tiene experiencia en la explotación de un casino en Sevilla es la actual explotadora”.

Lamentó el “escaso” plazo de un mes para la implementación de los requisitos solicitados, como “un cúmulo de informes y condiciones que resultan del todo imposible conseguir excepto para la actual explotadora, que ya dispone de las instalaciones adecuadas”.

Asimismo, aseguró que con las condiciones recogidas en la orden de la Junta se produce “una vulneración de los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia y una discriminación de las posibles entidades licitantes frente a la actual explotadora”.

Apuntó asimismo la posibilidad de “conculcación” del artículo 38 de la Constitución con infracción de la Ley de Defensa de la Competencia; la “desatención a la pluralidad” como principio rector del concurso, pues “en lugar de pretender una máxima afluencia de concursantes, la Junta ha realizado unas bases a medida de una empresa concreta, por lo que se evitará la afluencia de interesados, cuando ésta es una de las finalidades de los concursos públicos”.

Por último, apuntó la posible existencia de una infracción de la Ley del Juego y Reglamento de Casinos, “pues la Junta solicita unos requisitos más extensos que los legalmente exigibles”.

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