Al juzgar el recurso del procurador general de la República, Antonio Fernando de Souza, contra la decisión del TRF-2, que liberó el uso de máquinas, el ministro Gilmar Mendes consideró inconstitucionales las normar estatales que autorizan el funcionamiento de bingos e instalación y operación de los equipamientos.
Mendes citó el juzgamiento de una Acción Directa de Inconstitucionalidad (adin) por el Supremo que definió la explotación de los juegos como ilícito penal. “En el presente caso, entiendo que se encuentran demostradas graves lesiones al orden y a la seguridad pública, pues la liberación de las máquinas electrónicas aprehendidas, que serían utilizadas para la explotación de juegos de azar y loterías, es una medida que no es compatible con la naturaleza contravencional de esa actividad”.
El TRF-2 había determinado la suspensión de una decisión de la 4ª Cámara Federal de Niterói (RJ), que autorizaba la búsqueda e incautación de las máquinas. La justificativa, en la concesión de los permisos, fue que la aprehensión de las máquinas causaría prejuicios de la actividad económica de las empresas.