Las acciones de amparo que se utilizaban para mantener abiertas las puertas de las casas de juegos de azar, no serán suficientes ya que el Congreso de la República publicó una modificación al artículo 243 del Código Penal, el cual establece sanciones penales para los dueños de estos negocios.
En la norma se sanciona el funcionamiento ilegal de juegos de casino y máquinas tragamonedas con penas privativas de la libertad de entre uno y cuatro años, a diferencia de la ley anterior que sólo establecía castigos administrativos para los infractores. También se podrá inhabilitar al infractor en la administración futura de este tipo de negocios.