La decisión del juez de la Tercera Vara, Paulo Cordeiro, establece multas de R$ 50.000 (U$S 22.118) por cada nueva autorización emitida y de R$ 1.000 por día (U$S 442), en caso de que se continúe con las actividades, incumpliendo con la decisión.
El director técnico de Loteal, Rivaldo Ferreira, dijo que la dirección del órgano aún no tomó conocimiento oficial de la decisión y que hasta la tarde del viernes 9 continuaba operando normalmente. “El gran perjudicado va a ser el trabajo social desempeñado con apoyo de lo que es recaudado por las loterías que operamos”, dijo al comentar la decisión.
Según Ferreira, con esta suspensión la ayuda a entidades como el Hogar San Domingos y el Soprobem tendrá que ser mantenida económicamente con lo que la Loteal mantiene en caja, pero dijo no disponer de los valores.
La decisión de la Justicia Federal atiende a una acción civil pedida por el Ministerio Público Federal (MPF) en Alagoas, movida bajo el argumento de que las actividades de la lotería estatal no tienen sustento legal. La Loteal es regulada por la Ley Estatal 6225/01, pero en la acción, el MPF, por medio de los procuradores Gino Sérvio Malta y Renato Oliveira, hizo ver que apenas la Unión puede legislar sobre consorcios y sorteos; lo que incluye a las loterías. En ese caso, el Estado no podría tener legislación propia regulando la investigación de loterías.
La decisión deberá ser comunicada a las partes, o sea, a la Procuraduría de la República en Alagoas (MPF), y la dirección de la Loteal, pero también a la Unión y a la Cartera Económica, el agente del gobierno federal que investiga las loterías.