Entraron a regir en Paraguay los cambios impositivos impulsados por el Gobierno, que abarcan el nuevo impuesto a la renta de las personas, la ampliación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la reducción de la tasa del impuesto a la renta de las empresas, de acuerdo con lo que establece la Ley 2421/04 de Reordenamiento Administrativo y de Adecuación y sus reglamentaciones.
El impuesto personal será aplicado por segunda vez en el país, luego de un intento frustrado a principios de la década del 70. Básicamente, alcanzará en el primer año a todas aquellas personas que tengan ingresos superiores a los 10 salarios mínimos mensuales o 120 salarios mínimos anuales.
Por otra parte, se amplía el alcance del IVA, que por primera vez tendrá una tasa diferenciada (10% y 5%). El tributo se reduce del 10% al 5% para algunos productos de la canasta familiar. Por primera vez se gravan los alquileres y ventas de inmuebles, con una tasa del 5%, al igual que los préstamos otorgados por las entidades financieras. La extensión de un IVA del 10% abarcará a los juegos de azar (quiniela, bingo y lotería).
En cuanto al impuesto a la renta empresarial, la normativa establece que la tasa disminuirá al 10% (en el primer año de vigencia de la ley la misma bajó del 30% al 20% en el 2005).