Venció el plazo para que los locales públicos adecuen su infraestructura a fin de proteger a los no fumadores ya que con lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 201/25 "De protección a no fumadores", el incumplimiento de esta normativa es considerado una falta gravísima. Sin embargo, los dueños infractores nuevamente cuentan con 15 días para realizar los cambios edilicios, de lo contrario serán clausurados.
La disposición comunal obliga a casinos, bingos y afines, entre otros locales a establecer áreas separadas físicamente para fumadores. “La verificación del cumplimiento se hará a través de fiscalizadores del área y del Departamento de Salud. Creo que la Municipalidad cuenta con los recursos para controlar", manifestó la concejal de la ciudad de Asunción, Gladys de Rodríguez.
Los propietarios que no hayan adecuado sus locales deberán pagar una multa de montos que van desde 300.000 guaraníes (49 dólares) a 6.000.000 de guaraníes (983 dólares). “Todo lo recaudado en concepto de multa será remitido para los fondos de la Consejería Municipal por los Derechos del Niño (Codeni), de Asunción”, señaló la concejal.
Los locales de superficie menor a 80 metros cuadrados no podrán contar con área de fumadores y deberán especificar al público que el lugar no es apto para el consumo de tabaco. Aquellos sitios que superen esta dimensión podrán destinar hasta el 30% para zonas de fumadores. La separación edilicia debe estar delimitada por medio de divisorias de material cocido, vidriado o similar, compartimentado de piso a techo.