Solicitud de La Cámara de Agentes Oficiales de Lotería y Afines Bonaerense

Piden que se revise una resolución del Instituto de Loterías y Casinos bonaerense

10-09-2004
Tiempo de lectura 1:20 min
(Argentina).- Mediante una carta firmada por Heriberto Castellaneta, titular de cámara de agentes oficiales, informaron al interventor Ricardo Bozzani el desacuerdo de la organización el aumento del importe mínimo del canon por transferencia y su aplicación en algunos casos concretos.

La Cámara de Agentes Oficiales de Lotería y Afines Bonaerense envió una nota al interventor del Instituto de Loterías y Casino de la provincia de Buenos Aires, con el objeto de comunicar su desacuerdo con la Resolución 3246/04, que trata “el inconsulto aumento del importe mínimo del canon por transferencia y su aplicación en algunos casos concretos”.

“Lamentamos sobremanera el que se nos haya desoído en nuestra proposición que oportunamente expusiéramos con fecha 5 de febrero del corriente año para modificar dicho canon bajando el importe del mismo, y que por el contrario sin que hayamos sido invitados a exponer las razones que motivaban dicha proposición, imprevistamente se haya resuelto aumentarla” señala la carta firmada por el titular de la cámara, Heriberto Castellaneta.

La misma deja constancia de que a pesar de que se trata de una disposición tomada en el marco legal de la discrecionalidad permitida a la administración a estos fines, “quizás con una consulta un poco más profunda sobre el tema con elementos que la cámara hubiera podido aportar, habría dado otro marco de análisis al tema que permitiera otro resultado que no sea el que favorezca que las agencias sigan o se coloquen en situación de funcionamiento con una titularidad aparente y un manejo real de terceros otorgado por medios legales, ante la imposibilidad de hacer frente al canon impuesto por la citada Resolución, por parte de los permisionarios que deseen transferir”.

Por último, los responsables de la cámara solicitaron “ya en el marco específico de su aplicación, y con el objeto de seguir apoyando la gestión con propuestas concretas y favorables al mejoramiento del sistema, que no se aplique la mentada Resolución 3246/04 a aquellos trámites de transferencias iniciados con fecha anterior a su dictado, sin perjuicio de no tener aún la resolución de la misma”.

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