La causa de Loterías de Río Negro vuelve a foja cero

La causa de Loterías de Río Negro vuelve a foja cero

En un fallo que desestima las investigaciones llevadas a cabo por el Juez Jorge Bustamante, la Cámara en lo Criminal de Viedma anuló las indagatorias llevadas a cabo por la supuesta causa de sobornos en Río Negro.
20-10-2003
Tiempo de lectura 1:28 min
En un fallo que desestima las investigaciones llevadas a cabo por el Juez Jorge Bustamante, la Cámara en lo Criminal de Viedma anuló las indagatorias llevadas a cabo por la supuesta causa de sobornos en Río Negro.

La Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma anuló las indagatorias realizadas a los imputados en la causa en la que se investigaba el supuesto pago de ";sobornos"; por la concesión de los casinos en Río Negro, y apartó de la investigación al juez Jorge Bustamante.

La medida alcanza también la ";nulidad absoluta y consecuente"; de las resoluciones por las cuales se resolvió la situación procesal de los imputados en la causa, ordenando además la renovación de los actos declarados nulos. De esta forma, la Cámara dio por tierra con toda la investigación realizada por el juez Jorge Bustamante, por lo que la misma volverá a fojas cero.

La medida alcanza a Miguel Irigoyen (presidente de la Lotería de Río Negro), Carlos Ferrari, César Luis Ramírez Rojas, Horacio Darío Ranucci, Andrés Santamaría y Miguel Angel Di Capua. El magistrado había procesado a Irigoyen en la causa de las presuntas ";coimas"; recibidas por Lotería en el marco de la concesión de los casinos de Río Negro.

La base del fundamento es que la nulidad se da “en razón de no haberse respetado el derecho de defensa en juicio, pilar del debido proceso legal, al no permitir que los indagados conozcan la prueba colectada”.

Utilizando el argumento del defensor general se concluye que “el juez de instrucción evidenció una postura obstruccionista del derecho de defensa”. Se agrega que “habiendo receptado declaraciones explicativas con ofrecimiento de elementos de descargo, el juez las ignoró”.

Según la Justicia “bien puede afirmarse que se verifica en la causa una flagrante vulneración al derecho de defensa”. Califica a las actuaciones como arbitrarias “pues se presenta a la valiosa herramienta del secreto del sumario como un medio de coacción”. La negativa a acceder al expediente que practicó el magistrado antes de la indagatoria se traduce en que “nadie puede defenderse de aquello que desconoce o no comprende cabalmente”. En cuanto a las imputaciones de los delitos, se concluye que “adolecen de falta de precisión temporal y espacial del evento.

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