BRASIL

La Secretaría de Premios y Apuestas adelanta parte de la ordenanza de publicidad

10-12-2024
Tiempo de lectura 1:19 min

La Secretaría de Premios y Apuestas del Ministerio de Finanzas (SPA-MF) ordenó el viernes 6 de diciembre la aplicación inmediata de las normas de publicidad establecidas en la Ordenanza 1.231, que trata de las prácticas de juego responsable, la comercialización y regula los derechos y deberes de los jugadores y operadores de apuestas de probabilidades fijas. La información procede de BNLData.

Con la nueva ordenanza publicada hoy, la SPA da cumplimiento a la decisión prejudicial del juez Luiz Fux, confirmada por unanimidad por los demás miembros del Supremo Tribunal Federal (STF). 

La decisión en cuestión determinó la aplicación inmediata de medidas cautelares que imponen restricciones significativas a la publicidad de apuestas de probabilidades fijas en Brasil. Antes de que el STF se pronunciara, se entendía que todas las normas de publicidad sólo entrarían en vigor a partir del 1 de enero de 2025, cuando se iniciara el mercado regulado.

Por lo tanto, según lo reforzado por la SPA, las prohibiciones inmediatas de las acciones entran en vigor:

  • Comunicación, publicidad y propaganda y comercialización de loterías a cuota fija, que estén dirigidas a niños o adolescentes o tengan a este público como destinatario;
  • Que se emitan en medios de comunicación o programas cuyo público principal sean personas menores de dieciocho años, o en páginas web cuyo perfil de audiencia sea de personas menores de dieciocho años;
  • Que utilicen imágenes de niños y adolescentes o elementos especialmente atractivos para los menores de dieciocho años;
  • Que asocien las apuestas a actividades culturales en las que participen niños y adolescentes.

Según informa BNLData, a partir de ahora cualquier tipo de comunicación, publicidad o marketing de los operadores de apuestas, incluso en el entorno digital, deberá mostrar la advertencia de restricción de edad, con un símbolo de "18+" o una advertencia de "prohibido para menores de 18 años".

Las casas de apuestas tampoco podrán aparecer como patrocinadoras de niños o adolescentes; tratar de influir en ellos o animarles a apostar; patrocinar eventos dirigidos principalmente a menores; y patrocinar equipos juveniles o infantiles.

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