Nicolás Samohod

“La manera de buscar una eficaz recaudación fiscal es alentando la actividad económica, con regulaciones operativamente viables e inteligentes”

17-06-2022
Tiempo de lectura 1:14 min

Nicolás Samohod, abogado y director del Estudio Vidal, Cáceres & González, explicó en una nota de opinión su visión sobre la regulación de apuestas deportivas y juego online en Perú.

“Estando frente a una inminente y próxima regulación legal de las Apuestas Deportivas y Juego por Internet en nuestro país, recomendamos que la futura norma debe procurar contemplar exigencias cuyo obligatorio cumplimiento no desaliente la inversión extranjera mediante requisitos onerosos y/o antitécnicos que se pretendan imponer dentro de un marco legal poco práctico y menos meditado. Como por ejemplo sería el obligar al operador no domiciliado a fijar un domicilio fiscal en el país”, destacó.

“Se genera nuestra reflexión debido a que recientemente hemos leído en los medios el plan del gobierno de Brasil de obligar a las casas de apuestas deportivas extranjeras, a tener una sede en dicho país. Esto nos motiva la siguiente opinión, cuyos breves apuntes compartimos, con relación al sano equilibrio que debe existir entre la lógica función recaudadora de la administración tributaria frente a las necesarias facilidades para que el inversionista extranjero desarrolle actividad empresarial en el país”.

“Es decir, la entendible necesidad de la administración tributaria que el contribuyente tenga un domicilio fiscal no debe colisionar ni oponerse a la libertad o potestad que el administrado tiene de planificar y diseñar su propia política corporativa en el país de destino de su inversión, sin tener que constituir necesariamente sedes en el país porque así lo ordene el gobierno. Debiendo ser suficiente para el contribuyente el cumplir con cualquiera de las posibilidades o alternativas de domicilio fiscal que el ordenamiento jurídico nacional permite para todos”, asegura el abogado.

“La manera de buscar una eficaz recaudación fiscal es alentando la actividad económica con regulaciones operativamente viables e inteligentes; diseñadas y legisladas para lograr y acceder al objetivo fiscal deseado, no estableciendo trabas, impedimentos administrativos ni cortapisas regulatorias que desalienten la inversión extranjera”.

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