Desde el 1 de enero y sólo para slots

Argentina: aprueban en Córdoba el protocolo para la apertura de casinos

Entre las principales medidas destacan la profunda desinfección de todas las instalaciones y la capacidad de ocupación máxima del establecimiento del 50%.
29-12-2020
Tiempo de lectura 1:29 min
El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) aprobó el protocolo para la reapertura de los casinos en Córdoba, regulará el funcionamiento de tragamonedas y desde el 1 de enero de 2021.

La finalidad del protocolo aprobado por el COE es regular el funcionamiento de las slots que ofrecen los casinos, en condiciones adecuadas de bioseguridad y en el marco de la pandemia de coronavirus en todo el ámbito de la provincia de Córdoba.

En las últimas horas se confirmó que entre las principales medidas sanitarias se destacan: asegurar la profunda desinfección de todas las instalaciones; capacidad de ocupación máxima del establecimiento equivalente al 50% de la que se encuentre habilitado en circunstancias normales (previas a la pandemia de COVID-19) y siempre que ello no supere un aforo total de una persona cada 2,25 metros cuadrados circulantes.

También se especifica que el ingreso se efectuará por un único acceso, y siguiendo un sentido de circulación que deberá ser establecido claramente con demarcación horizontal, debiendo preverse un responsable que indique y controle la ocupación de las máquinas.

El egreso también debe efectuarse en un único sentido de circulación, a fines de evitar la aglomeración de público.

La medida exige demarcar horizontalmente en el piso la distancia mínima recomendable, con el fin de mantener la distancia en filas de cajas, centros de canje o expedición de fichas; y evitar la aglomeración de personas en filas que se formen en el lugar.

Estará prohibido el consumo de alimentos, golosinas y bebidas dentro del establecimiento. En el caso de los que cuenten con servicio de bar o restaurante, deberá ser considerado de manera independiente, colocando separación física entre ambos espacios y una barrera sanitaria (higiene de manos y calzado) en el acceso.

En tal caso, para el sector será de aplicación el Protocolo Anexo N° 86 de Establecimientos Gastronómicos de Bares y Restaurantes, publicado en la página oficial del COE. Y se fomentará el uso de medios de pago electrónicos y digitales, evitando el uso de efectivo y otros instrumentos de pago que impliquen contacto físico.

Ante cualquier incumplimiento a lo previsto en el presente protocolo, el responsable deberá proceder a detener la actividad hasta que cese la infracción, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder al titular por infracción a esta normativa.

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