Tras las observaciones de gremios para revisar brechas en el sector de las tragamonedas

Coljuegos modificó el protocolo de liquidación sugerida por derechos de explotación

La nueva resolución de Coljuegos dispone la modificación de la normativa de 2016, en específico el artículo 3 titulado “Liquidación sugerida de derechos de explotación de MET conectadas en línea por tarifa variable”.
06-03-2019
Tiempo de lectura 1:45 min
El regulador decidió adelantar mesas de trabajo con los fabricantes de software y realizar sus propios estudios, para identificar los casos y las causas por las que surgían diferencias entre la liquidación sugerida de los derechos de explotación y la presentada por los operadores. La nueva resolución modifica otra de 2016, e incluye diferentes aspectos y convenciones.

Un mes después de haber recibido comentarios y observaciones al proyecto resolución que modificaría el protocolo de liquidación vigentes desde 2016, la entidad reguladora del juego en Colombia publicó el resultado tras estudiar diferentes casos y realizar algunas mesas de trabajo.

La medida se concreta luego de las peticiones realizadas al regulador por parte de los gremios y los empresarios en diferentes oportunidades para que se revisaran las diferencias entre la liquidación sugerida de los derechos de explotación y la presentada por los operadores, que estaban conllevando a brechas considerables y cobros excesivos, según informa la Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Suerte y Azar (Fecoljuegos) en su página web.

En ese sentido, Coljuegos decidió adelantar mesas de trabajo con los fabricantes de software y realizar sus propios estudios con el fin de identificar los casos y las causas por las cuales se daban esas diferencias, para así determinar la necesidad de hacer modificaciones al protocolo de liquidación sugerida con el objetivo de que sea acorde con la realidad operativa de los elementos.

La resolución N° 2020191000001944 publicada este lunes, que estuvo a disposición de empresarios, gremios e interesados en diciembre pasado para observaciones y comentarios, expone la modificación del artículo 3, “Liquidación sugerida de derechos de explotación de MET conectadas en línea por tarifa variable”, con los diferentes aspectos y convenciones que se deben tener en cuenta en el proceso de liquidación, los casos identificados y las descripciones de las acciones que se toman en estos casos especiales.

Asimismo, Fecoljuegos recordó que el año pasado uno de sus esfuerzos fue impulsar las mesas de trabajo con la entidad para revisar estas brechas en la liquidación que estaban afectando la operación de la actividad con cobros excesivos, de hecho la Federación presentó en su momento un estudio que identificaba las causas de esa diferencia relacionada con la forma en que la entidad aplicaba el protocolo de liquidación.

Como resultado de estos aportes y de otras observaciones realizadas por interesados, Coljuegos notificó que llevaría unas mesas de trabajo y realizaría sus propios estudios con el fin de revisar en detalle este tema para que el resultado de las liquidaciones fueran iguales o por lo menos similares.

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