La Unidad de Información Financiera (UIF) es el organismo encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir los delitos de lavado de activos y de financiación del terrorismo.
Entre los Sujetos Obligados a informar a la UIF, se encuentran los organismos encargados de explotar, administrar y regular los juegos de azar.
La UIF instruye a los Sujetos Obligados respecto de las medidas que deben aplicar para la identificación y conocimiento de sus clientes, y la forma y oportunidad en que deben proveer información a la UIF, de acuerdo a la actividad económica que cada uno desarrolla.
Para el cumplimiento de tales obligaciones se fijan umbrales en pesos argentinos, tomando en consideración tanto el nivel de ingresos como el precio de diferentes bienes y servicios.
Resulta oportuno actualizar los montos –tal como indica la Resolución 130/18 publicada la semana pasada en el Boletín Oficial - “para una prevención eficaz del lavado de activos y la financiación del terrorismo, desde una perspectiva de un enfoque basado en el riesgo, de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”.
Así, desde hoy se eleva el monto de reportes de $ 50.000 a $ 100.000. Por lo tanto, se deberán reportar los casos en que los apostadores efectúen cobranzas de premios o conversión de valores por montos superiores a los $ 100.000.