“Los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Ilustrísima Corte, exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación”, dice la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago de Chile.
Enjoy había solicitado un recurso de protección contra la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), luego de las dos circulares que emitió la institución y que tienen relación con el otorgamiento del permiso del Casino de Coquimbo, en el marco de la licitación de siete recintos municipales que lleva adelante el organismo regulador.
La empresa, que actualmente opera el recinto de Coquimbo, argumentó en el escrito que a través de dichas circulares la SCJ incurrió en “graves vicios de legalidad y arbitrariedad”. En esos documentos, que según el recurso fueron firmados por el superintendente subrogante, Karl Dietert Reyes, el ente regulador responde consultas a las bases técnicas de la licitación de ese casino y formula de oficio aclaraciones a las mismas.
También indicó que en esos documentos se da “cuenta de una actuación realizada fuera del ámbito de su competencia (de la Superintendencia), invadiendo potestades ajenas que son propias del Consejo Resolutivo”. Ese consejo, que entre otros está integrado por los subsecretarios de Hacienda, de Turismo y de Desarrollo Regional, tiene las atribuciones de otorgar, denegar, renovar y revocar los permisos de operación de casinos.
De acuerdo al escrito -firmado por el abogado Guillermo de la Jara, del bufete Bofill Mir & Alvarez Jana-, la invasión de potestades por parte de la SCJ, y que le correspondían al consejo, estarían en la adición de condiciones especiales al concurso. Esas obligaciones adicionales tienen relación con la eventual transferencia de los inmuebles involucrados en favor de la municipalidad respectiva.
Enjoy, controlada por los hermanos Martínez Seguí, insiste en que se infringieron artículos de la Constitución, de las leyes de casinos y orgánicas constitucionales de municipalidades y de bases generales de la administración del Estado. Agregó que las circulares, además de “dar cuenta de manifiestas ilegalidades, amenaza y perturba a nuestra representada en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales”.