El encuentro se desarrolló el 26 y 27 de marzo

Codere participa en un encuentro profesional de anticorrupción en Madrid

01-04-2014
Tiempo de lectura 2:53 min
(España).- El Grupo Codere participó en el encuentro profesional sobre anticorrupción organizado por C5 Group en Madrid. Se trató el proyecto de Ley de Reforma del Código Penal, que incorpora algunos puntos de gran relevancia como el alcance de la Ley de blanqueo de capitales a todo tipo de empresas y la responsabilidad penal de las compañías frente a casos de corrupción.

El encuentro, que se ha desarrollado a través de conferencias, mesas redondas y workshops los días 26 y 27 de marzo, ha reunido a numerosos profesionales, responsables de cumplimiento, consejeros de distintas compañías y organismos relacionados con estas áreas. 

Serafin Gómez, director corporativo de Cumplimiento del Grupo Codere, participó en una de las mesas redondas del evento, “Investigación de terceros: Cómo realizar due diligences eficaces basadas en el riesgo para minimizar la corrupción y sobornos”, junto a Federico del Castillo, General Counsel & Head of Compliance Iberia, de Philips España y Damien Martinez, GRC Sales Director Western Europe, Thomson Reuters. 

En el encuentro, además de tratar los procedimientos internos de evaluación y control desarrollados por las compañías en materia anticorrupción, se ha abordado la cada vez mayor responsabilidad y profesionalidad exigida a los departamentos de Cumplimiento de las compañías.

Estas áreas han evolucionado desde una fase inicial de “Cumplimiento normativo”, en la cual velaban por la responsabilidad en la prevención del blanqueo de capitales, (especialmente en empresas de sectores considerados de riesgo), a una fase de transición hacia la “Responsabilidad ética de las empresas”, que incorporaba los códigos éticos (exigibles para las empresas cotizadas) y la creación del Canal de denuncias. 

En el caso de Codere, y dada la naturaleza de su actividad, el Código Ético incorpora capítulos sobre blanqueo de capitales, política anticorrupción e instrumentalización del Canal de Denuncias para los distintos stakeholders del Grupo. Además, la compañía se adecua totalmente a la normativa en cada país en el que opera y mantiene un escrupuloso seguimiento a todas las normas financieras, fiscales y laborales vigentes allí donde desarrolla su actividad. 

En la tercera fase de esta evolución se incorpora la idea de “Responsabilidad penal a personas jurídicas”, que ya se había incluido en la reforma de la Ley 5/2010 española, pero que ahora -a falta de tipificar los procedimientos de enjuiciamiento- tiene un alcance global a todo tipo de empresas. Además, también se indica que, ante un hecho de corrupción, no sólo debe responder la persona física, sino que también la empresa (como personas jurídica) debe justificar su cumplimiento en la prevención del delito. Entre las novedades de la reforma, también se incorpora la figura de responsable penal.

Las amenazas de corrupción en un entorno global

El fenómeno de la globalización, que pone en contacto a las compañías con mercados no tradicionales aumentando -consecuentemente- su exposición a la corrupción, ha sido el punto de partida del workshop: “Superando la corrupción común y los riesgos de soborno al internacionalizar su empresa a jurisdicciones con un índice de riesgo elevado”, en el que Codere ha participado junto a María de Lourdes Roque Caposso Fernandes, Consejera de LFC (Angola) y Robertson Park, Former Jefe Criminal Division’s Fraud Section US Department of Justice.

En el encuentro se han analizado algunas de las actividades empresariales que implican riesgo como las fusiones-adquisiciones con terceros en el extranjero, la gestión de los regalos de empresa, las donaciones, los pagos de facilitación que impliquen sobornos o las agresiones judiciales como instrumentos de corrupción, entre otros.

Preparación frente a los cambios normativos en materia anticorrupción

Pese a que las compañías integran estándares internaciones en el desarrollo de sus programas de cumplimiento, basados en la Ley para la prevención de prácticas corruptas en el extranjero (FCPA-1977) de los Estados Unidos o la Ley Antisoborno de Reino Unido, pioneras en estas materias y que han constituido el marco de referencia internacional de los distintos ordenamientos jurídicos, aún queda un largo camino por recorrer en este terreno.

Si bien es cierto que se ha logrado una gran profesionalización y se ha adquirido una mayor responsabilidad en las compañías, una de las principales conclusiones extraídas en las jornadas es que las empresas deben poner en marcha programas de cumplimiento eficaces, formar a su personal y mantener en todo momento un nivel alto de atención en sus actividades, activando políticas eficaces de detección y “prevención”.

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