Mediante la resolución 371 de la Administración Tributaria de Entre Ríos (Ater), están obligados al pago del tributo “quienes procedan al canje de fichas, tickets, créditos o similares, por dinero, en establecimientos de juegos autorizados”, que superen los 1.500 pesos (más de 220 dólares) brutos.
En ese marco, se designó como agentes de retención del impuesto a las personas o entidades pagadoras de los premios que se hallen alcanzados por el tributo, como así también, a las entidades oficiales, mixtas o privadas que explotan los juegos de azar.
Según la resolución, las alícuotas para tómbola son del 2 por ciento y del 5 por ciento para la lotería de Entre Ríos o Bingo y para otros juegos de azar como ruleta de paño, electrónica, francesa, americana, black jack, punto y banca, poker, mediterráneo, siete y medio, Hazard, monte, rueda de la fortuna, seven fax y slots.
Las disposiciones rigen desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2015, tal como lo establece la Reforma Tributaria que aprobó el gobierno que dispuso aumentos en los impuestos inmobiliarios urbanos y rurales, automotores, en actividades productivas y de ocio, a servicios públicos y al acceso a la justicia.