Aguardará la resolución de tribunal de cuentas

La Conajzar mantiene los beneficios a Mepshow

05-09-2012
Tiempo de lectura 1:22 min
(Paraguay).- La nueva administración de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) se adhirió a la recomendación de la Superintendencia de Seguros, por lo que Mepshow seguirá pagando la suma de 6.100 millones de guaraníes (u$s 1.380.669) y dejando en suspenso las demás deudas, hasta que el Tribunal de Cuentas emita un dictamen final.

“La firma seguirá abonando el canon de 6.100 millones de guaraníes (u$s 1.380.669) hasta tanto la instancia se expida sobre la cuestión de fondo. Todos los montos accesorios requeridos quedan en expectativa a lo que resuelva el Tribunal de Cuentas”, expresa el documento.

En la resolución también se menciona que los miembros analizaron las recomendaciones de la Procuraduría General de la República, la Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay (BCP) y la Contraloría General de la República, determinando por unanimidad adherirse a la opinión de la Superintendencia que pedía a la Conajzar aguardar el dictamen del Tribunal en las cuestiones de fondo de la empresa. Es decir, si la misma debe abonar el canon de 7.560 millones de guaraníes (U$S 1711125) o continuar pagando la suma de 6.100 millones de guaraníes (U$S 1.380.669).

En otro de los puntos esgrimidos por la Conajzar se destaca que la resolución no implica el reconocimiento de los argumentos expuestos por Mepshow para la reducción del canon fijo.

Remarcando que a partir de la determinación las pretensiones de la concesionaria y los conflictos entre la firma y la Comisión Nacional de Juegos de Azar serán dirimidas en el instancia judicial.

Los integrantes del cuerpo colegiado señalan que resolvieron tomar en consideración la última resolución del Tribunal de Cuentas en el marco de la acción contenciosa administrativa iniciada por la firma Mepshow SA, contra las resoluciones dictadas por la Comisión.

En el considerando, el Tribunal de Cuentas había señalado que antes de expedirse sobre la reducción o no del canon peticionado también por la concesionaria, se debía resolver la cuestión de fondo, es decir, conocer el flujo de caja de la firma y por ende su capacidad de pago.

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